El TSJCV registra la exposición razonada de la jueza de la dana contra Mazón y da dos días para alegaciones a las partes

Manuel Baeza, Pía Calderón y José Francisco Ceres son los tres magistrados que deberán decidir si la admiten o no

Archivo - Imagen de archivo del expresident de la Generalitat valenciana Carlos Mazón durante su visita al centro del 112, a 3 de noviembre de 2024.
Archivo - Imagen de archivo del expresident de la Generalitat valenciana Carlos Mazón durante su visita al centro del 112, a 3 de noviembre de 2024. - Rober Solsona - Europa Press - Archivo
Europa Press C. Valenciana
Publicado: martes, 3 marzo 2026 16:42

VALÈNCIA, 3 Mar. (EUROPA PRESS) -

El letrado de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha emitido este martes una diligencia de ordenación por la que se registra la exposición razonada elevada por la Plaza número 3 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Catarroja contra el expresidente de la Generalitat Carlos Mazón en el marco de la causa por la gestión de la dana que el 29 de octubre de 2024 dejó 230 víctimas mortales en la provincia de Valencia.

La resolución emitida por el tribunal da dos días de plazo a la Fiscalía y a las demás partes personadas en el procedimiento para formular alegaciones, conforme a lo previsto en la regla número 2 del artículo 759 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Ello supone en la práctica que ese plazo vence el próximo lunes, 9 de marzo, a las 15 horas, según ha informado el TSJCV.

La diligencia de ordenación establece, atendidos los antecedentes que constan en la Sala, la designación del tribunal encargado de resolver sobre la admisión o inadmisión de la exposición razonada. Son el presidente de la Sala y del TSJCV, Manuel Baeza, la magistrada Pía Calderón, que será la ponente de la resolución, y el magistrado José Francisco Ceres.

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana elevó el pasado martes al TSJCV una exposición razonada contra Mazón para pedir su investigación en la causa por una "inactividad negligente" el día de las riadas. La competencia para investigar al 'expresident' corresponde al TSJCV dado que dejó la Presidencia de la Generalitat pero mantiene su acta de diputado en Les Corts y es, por tanto, aforado.

En la causa figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos, Emilio Argüeso. Sin embargo, para la magistrada, esa investigación debe "extenderse de manera inevitable, por la evidente conexidad, a la vista de los indicios, pruebas, competencia y regulación normativa en materia de protección civil" a la "inactividad negligente" de Carlos Mazón, de quien aseguró: "Desde el punto de vista de la Presidencia de la Generalitat, de facto la emergencia se detuvo en el mismo momento en que se entró en el reservado en el restaurante", donde ese día el exjefe del Consell comió con la periodista Maribel Vilaplana.

Para la instructora, la permanencia de Mazón "absolutamente pasiva, durante cerca de cinco horas en el reservado de un restaurante, probarían una presunta grosera negligencia con una grave resultado mortal, 230 fallecidos, a los que han de sumarse los lesionados".

La magistrada resaltaba que la gestión de la emergencia correspondía "exclusivamente" a la Generalitat Valenciana, dado el nivel dos declarado, y en la que la dirección del plan correspondía a la investigada Salomé Pradas, y citaba diversas resoluciones de la Audiencia Provincial que incidían en esa competencia atendiendo al Estatuto de Autonomía, a la Ley 13/2010, de 23 de noviembre, de la Generalitat, de Protección Civil y Gestión de Emergencias y al Plan Especial ante el Riesgo de Inundaciones en la Comunitat Valenciana.

TRES OFRECIMIENTOS PARA DECLARAR

Para la instructora, la cadena de negligencias se produjo "de forma sucesiva" y en ella intervendrían presuntamente Argüeso, Pradas y el propio Mazón, del que recuerda que, en aplicación de la jurisprudencia, se le ofreció hasta en tres ocasiones la posibilidad de declarar en las diligencias pero no lo ha hecho.

El TSJCV puede adoptar tres decisiones: asumir la competencia, recharzarla o solicitar al juzgado la práctica de más diligencias antes de decidir. Una vez recibido formalmente el documento y designado el tribunal que debe resolver y el ponente, la sala debe verificar que Mazón es diputado y, por tanto, que es competente para resolver.

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