La Audiencia Nacional admite el recurso de la SGAE contra el apercibimiento de Cultura

Sede de la SGAE
EUROPA PRESS - Archivo
Actualizado: viernes, 19 octubre 2018 12:34

MADRID, 19 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha notificado a la SGAE una resolución por la que admite el recurso interpuesto por la entidad contra el apercibimiento formulado por el Ministerio de Cultura y Deporte.

El Ministerio de Cultura y Deporte envió a la SGAE un apercibimiento en el que le instaba a cumplir la legislación y le concedía un plazo de tres meses para ello.

Ahora el tribunal, al admitir el recurso, requiere al Ministerio para que en el plazo improrrogable de 20 días aporte al procedimiento judicial el expediente administrativo correspondiente y, por otra parte, ordena formar lo que se denomina pieza separada de medidas cautelares solicitadas por la entidad.

También emplaza al departamento de Guirao para que pueda personarse como demandado ante la Audiencia Nacional en el plazo de nueve días, según el auto al que ha tenido acceso Europa Press.

El Consejo de Dirección de la SGAE acordó recurrir el apercibimiento de Cultura en una decisión "de carácter técnico". "Se ha valorado que dicho apercibimiento contiene un relato de hechos y una fundamentación jurídica distante de la realidad, a juicio de la entidad", explicaba la entidad a principios de octubre.

El Consejo de Dirección de la SGAE consideraba que "la defensa de la correcta actuación" de la entidad, en los diferentes temas objeto del apercibimiento, obligan a acudir a la vía judicial, "a fin de que los tribunales se pronuncien sobre ello".

En cualquier caso, la SGAE recordó que el acudir a la vía judicial no impide "en absoluto continuar por la senda del diálogo" con el Ministerio de Cultura y Deporte para "encontrar caminos de solución a los problemas que la entidad tiene planteados en este momento".

Cultura ya ha remitido a la sociedad de gestión de derechos de autor varios requerimientos instándole a ajustar sus reglas de funcionamiento a la legislación aplicable, entre ellas la no adaptación de los estatutos, que debería haber remitido al Ministerio antes del 15 julio, las normas de reparto que deben aprobarse en asamblea general o el voto electrónico.