La CNMC recomienda comprobar si el contrato de electricidad tiene compromiso de permanencia

CNMC, Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
EUROPA PRESS
Actualizado: martes, 12 enero 2016 12:11


MADRID, 12 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) recomienda a los consumidores que exploren todas las opciones antes de contratar el suministro de electricidad y que comprueben si existen compromisos de permanencia y cuáles son las penalizaciones económicas por su cancelación.

Este consejo aparece recogido en un decálogo de recomendaciones para los consumidores de luz incluido por el regulador en su blog con el objetivo de facilitar el proceso de contratación de los nuevos productos de gas y electricidad.

Antes de decidirse por una nueva oferta, la CNMC recomienda a los consumidores que comparen los precios y los servicios. Para ello, el usuario puede recurrir a las oficinas de atención al cliente, a las asociaciones de consumidores y al comparador elaborado por el propio regulador y disponible en el sitio 'comparadorofertasenergia.cnmc.es'.

También aconseja al consumidor informarse acerca de si tiene derecho al bono social y leer bien las condiciones del contrato, con especial atención a aspectos como si el suministro incluye o no la contratación y cobro de otros servicios adicionales, así como las condiciones de revisión y los procedimientos de reclamación.

Si se recibe una llamada telefónica o una visita inesperada en el domicilio para que cambie de suministrador, el usuario no debe sentirse presionado ni precipitarse. "Pida una copia del contrato con las condiciones ofrecidas, y compruebe que en el contrato escrito figuran todas las condiciones que le indica el vendedor", indica la CNMC.

El 'superregulador' también aconseja que no se faciliten al vendedor los datos bancarios ni las facturas anteriores ni sus datos personales, si no está realmente seguro de la contratación. Si se realiza la contratación por internet, aconseja que se guarde o imprima una copia de la oferta y el contrato.

En el caso de contratos celebrados fuera de establecimiento comercial, como ventas domiciliarias, por teléfono o por internet, la CNMC recuerda que el usuario tiene 14 días para desistir del contrato sin tener que dar ninguna justificación.

Por último, recomienda comparar periódicamente la oferta con otras disponibles en el mercado, sobre todo cuando el suministrador revise los precios del contrato, y consultar las guías al consumidor elaboradas por el propio organismo.

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