El ICAC anula las multas de 10,4 millones a Deloitte y su socio por auditoría de cuentas de Bankia

Archivo - Oficina de Bankia y su sede en la torre Kio de Madrid.
Archivo - Oficina de Bankia y su sede en la torre Kio de Madrid. - Jesús Hellín - Europa Press - Archivo
Europa Press Economía Finanzas
Publicado: viernes, 12 diciembre 2025 11:53

MADRID 12 Dic. (EUROPA PRESS) -

El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) ha anulado una sanción de 10,4 millones impuesta en 2014 contra Deloitte y su socio auditor Francisco Chelma por la auditoría realizada a Bankia en 2011 para su salida a Bolsa, en cumplimiento de una sentencia de la Audiencia Nacional dictada el pasado mes de junio.

El ICAC ha publicado la resolución de anulación este viernes en el Boletín Oficial del Estado, con el objeto de cumplir así con el dictamen judicial.

El ICAC había sancionado a Deloitte por los trabajos de auditoría de Bankia de los estados financieros resumidos consolidados de la entidad a cierre de marzo de 2011 y de las cuentas semestrales consolidadas resumidas a 30 de junio de ese mismo año. Las sanciones se impusieron por incumplimiento de las normas técnicas de auditoría y del deber de independencia.

Esta sanción fue recurrida por la consultora y su socio, pero el procedimiento había quedado suspendido por prejudicialidad penal, mientras se tramitaba la causa por la salida a Bolsa de Bankia y que atañía a los demandantes en su condición de auditores. Esta última causa se siguió por delito de falsedad contable y falsedad en documento mercantil contra 34 personas que, finalmente, resultaron absueltas.

Una vez que el Tribunal Supremo confirmó la absolución de los 34 acusados en el juicio oral, la Audiencia Nacional levantó la suspensión de la tramitación del recurso y se pronunció en junio sobre el fondo del asunto.

En concreto, el tribunal analizó los servicios realizados por la auditora en el contexto de la salida a bolsa de Bankia y concluyó que la actuación de la firma auditora, y por extensión la de su socio, "no sobrepasó los límites establecidos en la legislación en vigor, considerando que los trabajos de auditoría y no auditoría debían contemplarse en el marco del proceso de salida a Bolsa de Bankia".

Esto supuso anular la primera sanción que supuso una multa de 5,6 millones de euros a Deloitte y de 24.000 euros al socio auditor.

En cuanto a otras dos sanciones a la firma y su socio auditor por infracciones graves, el tribunal también rechazó que se hubieran vulnerado las normas de técnicas de auditoría (NTA, por sus siglas en inglés), según la sentencia de mediados de año.

La sala se basó en la sentencia del Supremo que absolvió a todos los acusados del delito de falsedad. El Alto Tribunal no apreció irregularidades contables y tuvo en cuenta que todo el proceso de segregación estuvo supervisado por el Banco de España y por la CNMV en el marco de sus competencias.

Por todo ello, procedió también anular las dos sanciones por incumplimiento de las normas técnicas de auditoría, que este caso ascendieron a unos 4,7 millones de euros de multa a Deloitte (2,8 millones una de las sanciones y 1,9 millones otra) y 20.000 euros para el socio (de 12.000 y 8.000 euros).

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