El Registro de Auditores Judiciales y Forenses publica el primer cuaderno de emisión de informes periciales

Publicado: miércoles, 23 enero 2019 17:33

MADRID, 23 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Registro de Auditores Judiciales y Forenses (RAJ), del Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España, ha publicado el primer Cuaderno práctico Emisión de informes periciales para facilitar la labor de todos los profesionales a la hora de emitir este tipo de informes.

En una nota, destaca que en los últimos años el aumento de las reclamaciones judiciales y de su importancia ha provocado que se esté desarrollando de manera notable este sector de la actividad profesional de los economistas, auditores y expertos contables en general.

Este desarrollo, añade, exige a los profesionales especializarse y crear las estructuras y procedimientos adecuados y conocer, no sólo la técnica, metodología y normativa que regula su profesión, sino también ciertos conocimientos procesales básicos.

Por ello, el lanzamiento del cuaderno práctico pretende ofrecer una visión general de la actividad pericial y más concretamente de la figura del profesional perito contable, económico y financiero como auxiliar de los órganos jurisdiccionales y de los letrados o asesores legales contratados por las Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España, compañías para la resolución de los conflictos y disputas que dan lugar a un procedimiento judicial o arbitral.

La obra se desarrolla desde el enfoque del informe pericial como un medio de prueba de los admitidos en derecho, para recorrer desde este punto de partida el camino imprescindible en cualquier encargo de este tipo de trabajos, desde la aceptación del mismo, pasando por el desarrollo, su forma de documentación y de obtención de evidencia, hasta la emisión del informe que recoja las conclusiones obtenidas que posteriormente habrá de ser aclarado, explicado y defendido en juicio.

En este sentido, el contenido de este cuaderno pivota sobre la regulación contenida en la Ley de Enjuiciamiento Civil, que es supletoria para el resto de órdenes jurisdiccionales (mercantil, contencioso, social y penal).