BBVA y los sindicatos firman el acuerdo para la libranza de los sábados

Actualizado: martes, 29 diciembre 2009 19:05


MADRID, 29 Dic. (EUROPA PRESS) -

BBVA y los sindicatos firmaron este martes el acuerdo colectivo relativo a la jornada laboral que contempla el cierre de los sábados a partir del 2 de enero, y que tiene como objetivo otorgar "mayor flexibilidad en la organización del trabajo en la red de oficinas, prestar un mejor servicio y potenciar las labores de asesoramiento a los clientes", informó este martes la entidad.

El acuerdo, alcanzado durante la mañana y que se firmó a las 17.00 horas de la tarde, contempla la libranza de todos los sábados del año, aunque sin modificación de la jornada anual de trabajo. Además, se establecen varias opciones de recuperación del tiempo no trabajado, que conjugan "la flexibilidad, las necesidades de servicio y las situaciones personales de cada empleado".

El acuerdo, firmado con Comisiones Obreras (CC.OO), la Unión General de Trabajadores (UGT) y la Confederación de Cuadros (ACB), da respuesta de "forma equilibrada" a los intereses del banco, a los de los empleados y, especialmente, a los de los clientes, ya que posibilita el establecimiento de distintas fórmulas más flexibles de atención y de prestación del servicio, según destacó la entidad.

El aspecto que diferencia este acuerdo de los alcanzados hasta ahora en el sector es una cláusula para poder modificar el horario habitual de las oficinas. El banco podrá establecer 'horarios especiales' en hasta un máximo del 5% de las oficinas, que afecten a un máximo del 5% de la plantilla de la entidad.

Esta cláusula permitirá la apertura de oficinas en horarios distintos a los habituales en zonas en los que los usos y hábitos de los clientes así lo demanden.

Para la recuperación de la jornada de trabajo se incluyen varias fórmulas. En concreto, los empleados trabajarán las tardes del primer y último jueves de los meses de octubre a marzo, disponiendo de una pausa de entre 45 a 75 minutos para comer, con ayuda alimenticia y pudiendo efectuar la salida a las 18.30 horas.

En cuanto al resto de tardes de los jueves de los citados meses, los empleados podrán trabajarlas en las condiciones citadas o recuperarlas de acuerdo con la dirección de su oficina a lo largo del año.

La totalidad del tiempo a recuperar se podrá pactar de mutuo acuerdo entre el responsable y el empleado cuando éste último esté realizando estudios reglados, tenga hijos de hasta 12 años o tenga a su cargo familiares dependientes de primer grado. Esta opción va encaminada a facilitar la conciliación personal y familiar de los empleados del banco.

Por último, el pacto incluye una cláusula similar a la pactada en otras entidades que posibilita la flexibilidad de horarios para el personal directivo y comercial. Este acuerdo recoge que, en atención a la relación de confianza que implica el puesto que desempeña, el personal directivo y comercial podrá modificar su horario de trabajo con discrecionalidad y flexibilidad, conjugando las necesidades de conciliación y "siempre que quedan debidamente atendidas las necesidades del servicio".