Economía/Finanzas.- El Monte y San Fernando comunican a la CNMV el acuerdo de su unión en Cajasol

Actualizado: viernes, 1 diciembre 2006 12:13

SEVILLA, 1 Dic. (EUROPA PRESS) -

El Monte y Caja San Fernando informaron hoy a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) de los acuerdos adoptados ayer en sus respectivas asambleas generales, que aprobaron por unanimidad declarar "extinguidas" ambas entidades en la fecha de su fusión "efectiva" en Cajasol.

Esa unión efectiva se producirá el día de la firma de la escritura pública y su inscripción en el Registro Mercantil, trámites previstos para la próxima primavera, una vez que el proyecto sea autorizado por la Junta de Andalucía y el Banco de España.

Según las comunicaciones remitidas a la CNMV por ambas entidades, a las que tuvo acceso Europa Press, los 281 consejeros presentes en las sesiones extraordinarias dieron luz verde a los estatutos de la nueva entidad --que ahora deberán ser aprobados por la Consejería de Economía y Hacienda--, así como el reglamento que regulará el sistema de designación de los miembros de sus órganos de gobierno.

Además de ratificar el proyecto de fusión previamente aprobado por los consejos de administración de ambas cajas el pasado septiembre, "dando plena eficacia a los documentos que lo integran", las asambleas dieron su visto bueno a la composición y el reglamento de funcionamiento de los órganos de gobierno de ambas entidades durante el periodo transitorio, que tendrá una duración máxima de dos años.

"Declarar extinguidas las instituciones --El Monte y Caja San Fernando-- en la fecha de la fusión efectiva, con traspaso en bloque del activo y pasivo de la disuelta a la entidad que surja de la fusión, que será sucesora universal de los bienes, derechos, acciones y obligaciones de las dos entidades fusionadas, con el consiguiente cese en sus cargos de sus órganos de gobierno", fue otro de los acuerdos adoptados.

Del mismo modo, se facultó a los consejos de administración de las dos cajas de ahorros "en los más amplios términos para la adopción de cuantos acuerdos requiera la materialización de la fusión", como la solicitud de las autorizaciones administrativas precisas, la introducción de las modificaciones que "exijan las autoridades administrativas en los estatutos, el reglamento de designación de los órganos de gobierno y el proyecto de fusión".

Determinar la situación patrimonial de ambas entidades y cerrar la contabilidad en la fecha del otorgamiento de la escritura pública de fusión o "día inmediato precedente", aprobando el correspondiente balance y apoderar a los presidentes, vicepresidentes y directores generales para que cualquiera de ellos pueda suscribir los acuerdos adoptados por la asamblea general, fueron otros de los puntos para los que fueron facultados los dos consejos.