Empleo envía a los agentes sociales las reglas de cotización para 2014

Actualizado: domingo, 8 diciembre 2013 13:03

MADRID, 8 Dic. (EUROPA PRESS) -

El Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha enviado a los agentes sociales el Proyecto de Orden por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, fondo de garantía salarial y formación profesional contenidas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2014.

Según ha informado en un comunicado, el propósito de este documento es el de fijar, como cada año, las reglas básicas de cotización para los diferentes colectivos de trabajadores de acuerdo a la regulación contenida en los Presupuestos.

En concreto, el Proyecto detalla las bases mínimas y máximas de cotización por contingencias comunes del Régimen General. Por segundo año se contempla el incremento en cinco puntos de la base máxima, con un impacto económico de 720 millones de euros, teniendo en cuenta las particularidades de los regímenes especiales del Mar y el Carbón.

En cualquier caso, los tipos de cotización del Régimen General no varían respecto a 2013. Como colectivos diferenciados, el Proyecto se hace eco de la regulación de bases de empleados del hogar, trabajadores a tiempo parcial, personas con un contrato para la formación y el aprendizaje y de quienes están en desempleo, entre otros.

EMPLEADOS DEL HOGAR

Asimismo, las reglas de cotización previstas para los trabajadores del hogar cumplen el calendario previsto en la ley sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social.

Además, se mantiene, con alguna excepción, la regulación relativa a la cotización de determinadas situaciones del extinguido Régimen Especial del Hogar que todavía puede existir, como situaciones de baja laboral por incapacidad temporal, así como la de los beneficios en la cotización a favor de familiares numerosas.

Una de las novedades para 2014 es la incorporación de las especialidades en materia de cotización para los trabajadores incluidos en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos en los casos de pluriactividad con jornada laboral a tiempo completo o a tiempo parcial superior al 50 por ciento.

En esta misma línea, se mantiene la regulación vigente en relación a la elección de las bases de cotización por parte de los trabajadores autónomos, en función de que sean menores de 47 años o tengan cumplidos 48 o más años.

VENTA AMBULANTE

También operará en 2014 la reducción del 50 por ciento de la cuota a ingresar por los socios trabajadores de cooperativas dedicados a la venta ambulante, incluidos en el Régimen Especial de Autónomos. Tendrán asimismo derecho a esa reducción los socios que hayan iniciado su actividad y quedado encuadrados en el citado régimen a partir de enero de 2009.

Finalmente, el Proyecto de Orden contempla que en 2014 seguirán vigentes los principales grupos de coeficientes reductores, tales como el aplicable a las empresas colaboradoras en la gestión de la incapacidad temporal y los específicos para determinar la cotización en los supuestos de convenio especial.

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