MADRID, 21 Oct. (EUROPA PRESS) -
El consejo de administración de Telefónica ha aprobado una política que contempla la posibilidad de conceder primas de asistencia y dividendos condicionados al nivel de participación en sus juntas generales de accionistas, según ha informado la 'teleco' presidida por Marc Murtra.
La iniciativa busca reforzar la implicación de los accionistas en el gobierno corporativo y favorecer una mayor representación del capital en la junta general, en línea con mecanismos utilizados por otras compañías cotizadas.
El objetivo es fomentar una participación más activa e informada en las decisiones sometidas a los accionistas y fortalecer su relación con la sociedad.
La aprobación de este marco responde a la recomendación del Código de Buen Gobierno de las Sociedades Cotizadas de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) de establecer previamente una política transparente y estable cuando una compañía prevea pagar primas de asistencia.
El documento no fija cuantías ni supone por sí mismo el reconocimiento de un derecho de cobro.
El consejo decidirá, con ocasión de cada convocatoria, si establece o propone algún incentivo, así como su modalidad, importe y condiciones.
La política recoge dos fórmulas principales: una prima de asistencia, consistente en una cantidad en metálico por acción, y un dividendo cuyo pago dependería de que la junta alcanzase un determinado porcentaje de capital presente o representado. También permite otros incentivos económicos de naturaleza análoga.
En el caso de la prima de asistencia, podrán beneficiarse los accionistas que participen presencialmente o por medios telemáticos, deleguen válidamente su representación o voten a distancia antes de la reunión, conforme a los requisitos de la convocatoria.
Las acciones deberán figurar inscritas a su nombre con cinco días de antelación a la celebración de la junta.
Los accionistas que no alcancen el mínimo de acciones exigido para asistir también podrán percibir la prima mediante la delegación, la agrupación con otros titulares o el voto a distancia, en las condiciones previstas.
DIVIDENDO CONDICIONADO
Por su parte, el dividendo condicionado deberá someterse a la aprobación de la propia junta.
Si se alcanza el umbral de participación anunciado, tendrán derecho a cobrarlo todos los accionistas legitimados para participar, con independencia de que hayan participado efectivamente.
Los incentivos no podrán depender del sentido del voto ni de la delegación en favor del consejo o de una persona determinada.
Asimismo, la política prohíbe utilizarlos para influir en una votación concreta u obstaculizar una oferta pública de adquisición u otras iniciativas de accionistas o terceros.
La existencia o ausencia de incentivos, su importe bruto por acción y sus condiciones se comunicarán en cada convocatoria.
Las cuantías deberán ser proporcionadas y razonables, sin sustituir al dividendo ni comprometer la estabilidad financiera de Telefónica.
El consejo, con el apoyo de la Comisión de Nombramientos, Retribuciones y Buen Gobierno, evaluará su coste y su efecto sobre la participación, incluida la de los accionistas minoristas.
La política prevé causas justificadas para no establecer o suspender los incentivos y exige motivar su restablecimiento o los cambios respecto de la junta anterior.