Consejo.- Coronavirus.- Agricultura amplía sus servicios esenciales ante el esta - JUNTA
SEVILLA 20 Mar. (EUROPA PRESS) -
La Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible ha informado al Consejo de Gobierno de la ampliación de los servicios esenciales de su competencia y de las agencias que de ella dependen, con el fin de asegurar su funcionamiento, mientras se mantenga la actual situación de crisis sanitaria y el estado de alarma por coronavirus Covid-19.
Se consideran esenciales aquellas funciones que desarrollan los diferentes entes de la Administración y cuyo funcionamiento debe estar garantizado para proteger el interés público.
La Junta de Andalucía ha establecido un especial marco de funcionamiento de esta Administración y sus entes instrumentales mientras dure la situación de estado de alarma decretado para hacer frente al brote de SARS-CoV 2 (Covid19).
Esta medida cautelar, ajustada a los principios de minimización de la intervención y de proporcionalidad, persigue garantizar el funcionamiento de los servicios esenciales de las distintas consejerías manteniendo al máximo posible las medidas impuestas para luchar contra la pandemia.
En el caso de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, el Plan de Contingencia establecido para asegurar el mantenimiento de su actividad básica durante el estado de alarma por el Covid-19 incluye ahora servicios esenciales como, por ejemplo, la autorización y control de pagos financiados por fondos europeos por parte de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera.
En cuanto a la Dirección General de Pesca y Acuicultura, adquieren ahora el carácter esencial la tramitación de pagos procedentes del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP), la gestión del sistema de información de la comercialización y producción pesquera y las labores de control y seguimiento de la clasificación sanitaria de las zonas de producción marisquera.
Además, también se elevan a esta categoría las autorizaciones relativas a tratamientos excepcionales de gestión de residuos y a traslados de los mismos, tanto nacionales como transfronterizos (Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático); las actividades de seguimiento, control, mantenimiento y manejo imprescindibles para la conservación de hábitats y especies, especialmente aquellas consideradas amenazadas y presentes en el medio natural andaluz (Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos); el control y la vigilancia de la calidad del medio hídrico (Dirección General de Planificación y Recursos Hídricos); y determinadas actuaciones desarrolladas por agentes de medio ambiente y celadores forestales cuya competencia corresponde tanto a la Secretaría General de Medio Ambiente, Agua y Cambio Climático como a la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos.
Por último, también adquieren esta consideración los servicios de dirección facultativa y de control ambiental de obras declaradas de emergencia o urgencia, así como las actuaciones encargadas a la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía (Amaya) por los centros directivos competentes que respondan a funciones declaradas esenciales.