Actualizado 19/10/2007 20:12

Condenan a nueve años a un hombre por violar y obligar a abortar a su ex pareja con la que convivía


GRANADA, 19 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia provincial de Granada ha condenado a nueve años de prisión a un hombre, identificado como A.M.B., por violar y obligar a abortar a su ex pareja con la convivía con la condición de "no mantener relaciones sexuales", al considerarlo autor de un delito de agresión sexual, otro de coacciones y una falta de malos tratos.

El hombre tendrá que indemnizar a la víctima con 30.000 euros y no se podrá acercar a ella o comunicarse con ella por seis meses, según la sentencia, a la que tuvo acceso hoy Europa Press.

Según considera probado el tribunal, el hombre había mantenido desde 1993 una relación con E.P.C., fruto de la cual nació un hijo. Ante las presiones del acusado, la chica accedió a vivir con él en 2000 con la condición de no mantener relaciones sexuales, puesto que ya había perdido el afecto que antes sentía.

Como quiera que la ex pareja se negaba a los requerimientos de naturaleza sexual que le hacía el acusado, A.M.B., éste un día de mayo de 2001 cuando salió de la ducha la arrojó sobre la cama, la inmovilizó y violó, a consecuencia de lo cual quedó embarazada.

Cuando el ahora condenado se enteró concertó con ella una cita en una clínica para que se le practicara un aborto, algo que no quería la chica. Para conseguirlo, el acusado la amenazó con que "no volvería a ver a su hijo", al que se llevó a Marruecos.

Así, ante el temor de que ello ocurriera, la mujer acudió en agosto del mismo año a la clínica que le había indicado su ex y le fue practicado el aborto. Posteriormente, el acusado la golpeó en otra ocasión por entender que le había llevado la contraria delante del niño.