MADRID 19 Jun. (EUROPA PRESS) -
La Comunidad de Madrid destinará 7,5 millones de euros para la prestación de servicios a personas en situación de dependencia en la región en 2008 dentro de la puesta en marcha de la Ley de Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, según informó hoy el Ejecutivo regional en rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno.
La Ley de Dependencia recoge tres tipos de prestaciones económicas como son la vinculada al servicio, la destinada a cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales, y la ayuda económica de asistencia personal. La primera de ellas "contribuirá a la financiación del coste del servicio previsto en el Plan Individual de Atención (PIA), que tiene que realizarse a las personas dependientes y que "recoge el recurso más adecuado para la persona cuando no sea posible el acceso a un servicio público o concertado del Ejecutivo".
La ayuda para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales está destinada a "posibilitar que la persona dependiente reciba en su entorno familiar los cuidados que precise". El cuidador no profesional o la persona que atienda al dependiente deberá darse de alta en el régimen general de la Seguridad Social y deberá ser mayor de edad, residir legalmente en España, ser cónyuge o pariente por consanguinidad, afinidad o adopción hasta el tercer grado de parentesco.
Por último, la prestación económica de asistencia personal va dirigida a contribuir a la cobertura del importe derivado de la contratación de un asistente personal que facilite el acceso a la educación y al trabajo, y que posibilite una mayor autonomía en el ejercicio de las actividades básicas de la vida diaria a las personas con el máximo grado de dependencia en sus diversos niveles. En este caso también el asistente personal deberá ser mayor de edad y residir legalmente en España. Además, se exige la formalización de un contrato laboral con el asistente o con la empresa de servicios de la que proceda.
Según la Ley de Dependencia, el usuario debe participar en el coste del recurso y en el caso de prestación económica, el copago se convierte en reducción. Además, el importe de la prestación se establecerá de acuerdo con la capacidad económica que se determinará según la renta y patrimonio de la persona.
De esta manera, cuando la capacidad económica personal sea igual o inferior al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM, 516, 90 euros al mes), el importe de la prestación será del cien por ciento de la cuantía máxima vigente en cada año y cuando la capacidad económica sea superior al IPREM se aplicarán unas fórmulas de reducción.
DEPENDIENTES DE GRADO III
En el caso de los dependientes de grado III, el importe de la prestación económica "no será inferior a la cuantía integra fijada por el Estado para la pensión de jubilación e invalidez en su modalidad no contributiva, vigente en el ejercicio en el que se reconozca el derecho a la prestación". Además, a estas cuantías, deben deducirse las prestaciones de análoga naturaleza si se percibieran.
"Las prestaciones económicas son incompatibles entre sí, y la atención residencial es incompatible con cualquier otro recurso", señaló el Gobierno regional, que añadió que "la prestación económica para cuidados en el entorno familiar es incompatible con la atención residencial y de centro de día" y que la compatibilidad entre el resto de los servicios "se adecuará a las necesidades personales".
Además, la Comunidad de Madrid invertirá 790 millones euros en 2008 para prevenir y atender situaciones de dependencia a través de los diversos recursos y prestaciones sociales que ofrece la red de servicios sociales de la región, que cuenta ya con más de 26.000 plazas para personas mayores y más de 16.000 para atender la discapacidad y la enfermedad mental.