Actualizado 09/04/2008 17:20

Cuatro años y nueve meses de prisión para un monitor de natación por abusos sexuales a cuatro niños en Santander

La Audiencia Provincial ratifica la condena de cárcel fijada en mayo pasado, pero rebaja las indemnizaciones a los menores


SANTANDER, 9 Abr. (EUROPA PRESS) -

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria ha confirmado una condena de cuatro años y nueve meses de prisión para un monitor de natación de un gimnasio de Torrelavega que abusó sexualmente de cuatro menores que tenían entre cinco y ocho años de edad en el momento de los hechos.

De esta forma, la Audiencia, en una sentencia conocida hoy, ratifica la condena de cárcel fijada en mayo del pasado año por el Juzgado de lo Penal número 2 de Santander y rechaza el recurso promovido por el acusado, David S.S.

No obstante, rebaja la cuantía de las indemnizaciones que se deberán abonar a los menores, estimando así en parte un recurso presentado por el gimnasio, que ha sido declarado responsable civil subsidiario del pago de dichas indemnizaciones.

Los hechos en cuestión ocurrieron en un gimnasio de Torrelavega en el que el acusado trabajaba desde el año 1998. La denuncia del padre de uno de los menores fue la que sacó a la luz lo que ocurría y, así, al final se imputó al procesado y se le condenó posteriormente por cuatro delitos de abusos sexuales, tres de ellos continuados.

Las víctimas fueron cuatro menores de entre cinco y ocho años de edad que recibieron clases de natación entre los años 2001 y 2002, uno de ellos sólo un día. Según se explica en la sentencia, tres de los menores relataron que el monitor les tocó el pene y otro de ellos explicó que le hizo una felación y le metió el dedo por el ano.

Por todo ello, el Juzgado de lo Penal condenó a David S.S. a cuatro años y nueve meses de prisión, aplicando la atenuante de dilaciones indebidas; le prohibió acercarse a los menores o a sus familias en el plazo de cinco años y fijó además indemnizaciones de 15.000 euros para los tres pequeños víctimas de abusos continuados y de 12.000 para el otro, de las que hizo responsable civil subsidiario al gimnasio.

Tanto el acusado como el gimnasio recurrieron ante la Audiencia y ésta sólo atiende las peticiones del gimnasio, que pedía una revisión de las indemnizaciones y cuestionaba por qué la responsabilidad civil se personificaba en el representante legal de la empresa.

REBAJA DE INDEMNIZACIONES.

La Audiencia entiende que este último asunto es un defecto de redacción en la sentencia de instancia y aclara que el responsable civil es el gimnasio como tal, no su representante. Y en cuanto a las indemnizaciones, las rebaja a 4.000 euros por cada menor (16.000 euros en total frente a los 57.000 establecidos por el Juzgado de lo Penal).

Según explica la Sección Tercera en su sentencia, las sumas fijadas inicialmente resultan "exageradas", máxime si se tiene en cuenta que de los dictámenes psicológicos "se desprende que la afectación psicológica de los niños no pasa de ser leve".

En cuanto al recurso del acusado, la Audiencia rechaza todos los argumentos esgrimidos por el profesor de natación que, entre otras cosas, cuestionaba los fundamentos de la sentencia inicial.

La Audiencia le responde que hubo "prueba de cargo suficiente", sustentada en los testimonios de los cuatro menores y de otra monitora del gimnasio que testificó haber observado en el acusado actitudes "raras" y dijo haberle visto coger a los niños "de forma anormal, como si le atrajeran". Además, los informes psicológicos avalan la "credibilidad y verosimilitud" de los testimonios de los pequeños.