Actualizado 01/05/2009 20:13

CGPJ pide al Gobierno que clarifique el artículo de la nueva ley de extranjería que tipifica la hospitalidad

Considera que las solicitudes de asilo o la enfermedad no deberían prolongar el internamiento más allá del plazo estipulado


MADRID, 1 May. (EUROPA PRESS) -

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) aprobó este jueves un informe sobre el Anteproyecto de la Ley de Extranjería elaborado por el Gobierno en el que recomienda al Ejecutivo que modifique la redacción del artículo 53.2C del Anteproyecto de reforma de la Ley de Extranjería que tipifica como "falta grave" la acogida de un inmigrante en situación irregular, al entender la actividad de las ONG que atienden a estas personas podría considerarse una infracción.

El citado artículo 53.2 del anteproyecto tipifica como "falta grave" el "promover la permanencia irregular en España de un extranjero" entendiendo que ello se produce cuando éste "dependa económicamente del infractor más allá del periodo legalmente previsto" para su estancia en el país.

"Con el fin de que no pueda incluirse como conducta infractora la actividad puramente solidaria de aquellas entidades que, sin ánimo de lucro, dedican su actividad a la atención social de los inmigrantes, debería examinarse la posibilidad de excluir de este tipo a esos actos de hospitalidad", señala el CGPJ.

Esta es una de las principales conclusiones del Poder Judicial acerca del anteproyecto de reforma de la Ley de Extranjería, según el informe al que ha tenido acceso Europa Press. El Gobierno encargó este dictamen al Consejo el pasado 13 de enero, pero no ha sido hasta la fecha cuando se ha aprobado un informe definitivo.

En total, el CGPJ elevará una decena de recomendaciones que abordan otras modificaciones que el Gobierno ha previsto hacer sobre la Ley de Extranjería, como la ampliación a 60 días del plazo máximo de internamiento previo expulsión. El Ejecutivo contempla que este plazo quede suspendido cuando el inmigrante solicite asilo o habeas corpus, o cuando alegue enfermedad, de modo que en estos casos se podría prolongar el encierro más allá del límite previsto.

INTERNAMIENTO

En este sentido, el CGPJ considera que "deberían excluirse del cómputo del plazo de suspensión" ambas cuestiones ya que "el ejercicio de cualquier derecho de los extranjeros no debería ligarse a una consecuencia negativa, como es la prolongación del plazo de internamiento, salvo que se acredite que su ejercicio tiene un carácter fraudulento".

Asimismo, los jueces opinan que, dado que la suspensión del plazo de internamiento comporta mayor tiempo de privación de libertad, esta medida tiene que estar concebida "con carácter restrictivo" para asegurar el principio de proporcionalidad. "Por ello se estima que el precepto debería contemplar expresamente el plazo máximo que puede extenderse el internamiento" así como recoger una mención expresa al "imprescindible control judicial" de estos procedimientos.

Otra de las cuestiones que recogería la nueva ley es la gestión de las repatriaciones de los menores inmigrantes no acompañados que llegan a España. El Consejo considera necesario incorporar al texto del Gobierno una "mención expresa a la necesaria audiencia del menor en la tramitación de este procedimiento", conforme marcan las doctrinas del Supremo y el Constitucional.

Por último, el dictamen constata que la nueva regulación salvaguarda la distribución de competencias que corresponden a las Comunidades Autónomas en el ejercicio de sus responsabilidades, aunque los vocales Concepción Espejel Jorquera y Claro José Fernández Carnicero han emitido un voto particular discrepante al considerar que la competencia en materia de extranjería corresponde en principio en exclusiva al Estado, de conformidad con el artículo 149 1.2 de la Constitución Española.

-. Firma: IVE .-