Actualizado 12/06/2007 20:38

Un juez de Madrid anula la repatriación de un menor extranjero por no cumplirse el procedimiento establecido legalmente

MADRID, 12 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Juez del juzgado de los Contencisoso Administrativo número 15 de Madrid ha anulado la decisión de la Delegación del Gobierno en esta Comunidad Autónoma de repatriar a un menor extranjero al entender que no se han cumplido ninguno de los trámites relativos a las reagrupaciones familiares previstos en la legislación de Extranjería.

El menor en cuestión intentó ser repatriado cuando llevaba más de año y medio viviendo en España (la Ley obliga a la autoridad gubernativa correspondiente a facilitar a estos menores una autorización de residencia cuando llevan nueve meses tutelados por la administración).

La sentencia explica que en ningún momento del procedimiento se habló con el afectado de la la posibilidad de repatriarle, ni se le informó de su derecho a ser oído. Tampoco hubo informe previo alguno de los servicios sociales de protección del menor sobre su situación familiar o de riesgo en su país de origen ni se contactó con la familia del menor en su país de origen. Ambos son dos pasos imprescindibles para materializar estas repatriaciones.

Según el relato de los hechos, el menor fue despertado por la policía a las 06,00 horas del 21 de noviembre de 2006 en el centro de menores donde estaba acogido para proceder a su repatriación. Los abogados de CEAR-Madrid reclamaron la paralización provisional de esta repatriación, aunque el menor fue trasladado a otra residencia de la ciudad.

PRÁCTICA USUAL EN VARIAS CC.AA., SEGÚN CEAR.

En este sentido, CEAR-Madrid denunció hoy en un comunicado que repatriaciones como la mencionada anteriormente, de menores no acompañados sin las garantías mínimas, es una "práctica usual" que se viene realizando en varias comunidades autónomas.

Así, subraya que, desde hace más de un año, en la Comunidad de Madrid y en otras comunidades autónomas vienen ejecutándose de manera "generalizada" repatriaciones de menores extranjeros sin que se respeten ninguna de las condiciones previstas en la legislación.

No obstante, recuerda que varios juzgados de lo Contencioso Administrativo de Madrid, Huesca, Bilbao y Santander han reconocido la "arbitrariedad" de la actuación de la Administración en relación a la repatriación de varios menores, de manera provisional cuando tratan de llevarse al menor, y en algunos casos con decisiones definitivas.