Cáritas Europa y organizaciones cristianas denuncian que la Directiva Europea de Retorno es "demasiado extrema"

Europa Press Sociedad
Actualizado: jueves, 5 junio 2008 15:45

MADRID 5 Jun. (EUROPA PRESS) -

Cáritas Europa, la Conferencia de Iglesias Europeas, la Comisión de Conferencias Episcopales de la Comunidad Europea y la Comisión de las Iglesias Europeas para las Migraciones denunciaron hoy que la recién aprobada Directiva Europea de Retorno es "demasiado extrema" especialmente en cuanto a la potestad que otorga a los Estados para privar de libertad a una persona hasta 18 meses mientras resuelve su repatriación.

"La detención es una sanción demasiado extrema para ser aplicada a personas que no han sido declaradas culpables por un tribunal por la comisión de un delito, y viola uno de los derechos humanos fundamentales protegidos por el derecho internacional, el derecho a la libertad", declaran en un comunicado conjunto.

Estas organizaciones, que representan a Iglesias de toda Europa --anglicana, ortodoxa, protestante y católica--, afirman que han enviado una carta al representante de la Comisión de Justicia del Parlamento Europeo, Jacques Barrot, para alertar sobre los "puntos críticos" de la directiva y celebrar algunos cambios en su redacción como "el acceso a la asistencia jurídica gratuita" de los migrantes.

"Valoramos el intento de mejorar la propuesta de la Comisión respecto a la duración de la detención (artículo 14.1), nos preocupa profundamente que los Estados miembros puedan detener a personas durante un máximo de 18 meses (artículo 14.5)", declaran las firmantes, que lo consideran "inaceptable como procedimiento común de la UE".

"Aunque se prevea una revisión de esta disposición, en cualquier caso, no queda claro qué periodo de tiempo se considera necesario, ya que, tampoco está definido el concepto de 'detención prolongada'", denuncian las entidades, para quienes, además, la prohibición de entrada durante cinco años tras la expulsión que también contempla la nueva norma es "una doble sanción" que puede tener "graves consecuencias" sobre "el principio de no devolución, garantizado por la Convención de 1951 sobre los Refugiados".

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