ALMERÍA 7 Mar. (EUROPA PRESS) -
Una jueza ha condenado al ex alcalde de Mojácar (Almería) Carlos Cervantes (A-Iz) al pago de 3.000 euros en concepto de multa e indemnización por injuriar al colectivo conservacionista 'Salvemos Mojácar', al que en una entrevista publicada en 2004 en un diario de tirada comarcal se refirió como "esa gente" y lo calificó de "sinvergüenzas".
La sentencia del Juzgado de Instrucción número tres de Vera, a la que ha tenido acceso Europa Press, considera a Cervantes, quien ocupó la Alcaldía entre los años 2003 y 2005, autor de una falta por la que le impone el máximo de pena previsto --20 días de multa a razón de 20 euros al día-- debido a la "gravedad y entidad" del "ataque al honor" que, según subraya, adquirió "máxima transcendencia y relevancia social" al verterse en una publicación.
El fallo resalta, asimismo, que el entonces primer edil mojaquero cometió un "abuso" de su libertad de expresión frente al ejercicio legítimo que esgrimió en el acto de juicio la defensa y señala que la expresión "esa gente" que precedía a la injuria denota "una clara y explícita ofensa no sólo contra la asociación, sino también contra todos y cada uno de sus integrantes".
La juez considera, sin embargo, "un enriquecimiento desorbitado sin justificación" la indemnización de 30.000 solicitada por la acusación particular en concepto de daños morales y la rebaja a 2.000 euros al tiempo que desestima obligar a la publicación de la sentencia en el periódico comarcal soporte de la injuria al tratarse de una falta y no de un delito.
El ex alcalde, en una entrevista concedida a 'Actualidad Almanzora' y en respuesta a una pregunta sobre 'Salvemos Mojácar', declaró: "Esa gente trastoca conscientemente la verdad y la realidad. Me he pasado con ellos horas y horas explicándoles como están las cosas pero no sirve de nada. Por eso les digo que son unos manipuladores y unos sinvergüenzas, y lo digo con todas las palabras".
Cervantes ya fue condenado por estas mismas declaraciones en julio de 2006 al pago de 240 euros de multa y una indemnización de 1.000 euros, sentencia que fue declarada nula posteriormente por la Audiencia Provincial, que estimo el recurso de apelación interpuesto por el ex alcalde, quien alegó que no se había personado en el juicio al no haber sido notificado.