EpC.-Confapa y Seco Gordillo piden a Junta que paralice la aplicación de la asignatura tras la última sentencia del TSJA

El abogado recurrente anuncia que impugnará dos nuevas materias de Bachillerato para el próximo curso si no se consensuan los contenidos

Europa Press Sociedad
Actualizado: viernes, 11 abril 2008 14:59

SEVILLA, 11 Abr. (EUROPA PRESS) -

El presidente de la Confederación de Federaciones de Asociaciones de Padres de Alumnos y de Familia de Andalucía (Confapa), Juan María del Pino, y el abogado y padre recurrente contra el decreto andaluz de Educación para la Ciudadanía (EpC), Carlos Seco Gordillo, pidieron hoy a la Junta de Andalucía que paralice "de inmediato" la aplicación de la asignatura tras la última sentencia emitida por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), en la que reconoce el derecho de unos padres de Málaga a ejercer la objeción de conciencia.

En declaraciones a Europa Press, Del Pino indicó que dicha sentencia "anima y alienta" a los padres a seguir "luchando" contra la "imposición" de una asignatura, "a la que se oponen millones de familias y que ha sido un gol que la izquierda nos ha querido meter por toda la escuadra".

Asimismo, el presidente de Confapa aseguró que todos los fallos que han ido dictando los tribunales sobre esta asignatura "constituyen un impulso más para las familias opositoras, quienes, con esta última sentencia, han visto garantizado su derecho a objetar, estén o no sus hijos cursando la asignatura".

Respecto al recurso de casación que la Junta de Andalucía está preparando contra este fallo, Del Pino aseveró que para la Administración es "muy fácil" recurrir cualquier fallo no favorable, "dado todas las armas de las que dispone a su favor". Si bien, apuntó que el "verdadero ejemplo" de oposición lo realizan las miles de familias que, en un "ejercicio de solidaridad", han objetado para apoyar a otras familias "rodeadas por un entorno hostil y con claustros en su contra".

PREVISIBLE AUMENTO DE OBJECIONES.

Por su parte, Seco Gordillo consideró "fantástica" la última sentencia dictada por el TSJA y auguró que, a partir de este momento, "miles de familias que se encontraban a la espera de saber si se admitiría la objeción si sus hijos no cursan aún la asignatura, acudirán en breve a presentarla".

En esta línea, el abogado y padre recurrente contra el decreto andaluz de Educación para la Ciudadanía valoró "positivamente" de la sentencia que, además de avalar la posibilidad de que los padres presenten la objeción antes de que los hijos lleguen a cursarla, también reconozca que la "transversalidad" de la asignatura en otras materias "puede constituir una vulneración de un derecho fundamental".

Asimismo, Seco Gordillo indicó que, a la vista de los últimos dos pronunciamientos del TSJA sobre la objeción de conciencia, la Junta de Andalucía "no debería demorar más la decisión de reconocer tal derecho". Al hilo de ello, instó a la Administración a que suspenda la aplicación de la asignatura y se siente a dialogar con los padres, con el fin de consensuar los contenidos.

Por último, anunció que se plantea impugnar también las asignaturas 'Filosofía y Ciudadanía' y 'Ciencias para el Mundo Moderno' que se impartirán a partir del próximo curso en Bachillerato, una vez que se apruebe el decreto autonómico. "Si sus contenidos no se adaptan y se hacen acorde a un consenso de los padres volveremos a impugnar el currículo, tal y como hemos hecho con EpC", concluyó el letrado.

LA SENTENCIA.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha dictado una nueva sentencia en la que reconoce el derecho de unos padres de Málaga a ejercer la objeción de conciencia contra la asignatura de Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos (EpC). La Junta de Andalucía ya prepara un recurso de casación.

La sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, fue dictada el pasado miércoles y es la segunda que reconoce este derecho, después de que el pasado 4 de marzo, este mismo tribunal diera la razón a unos padres de Bollullos Par del Condado (Huelva), también contrarios a que su hijo recibiera esta asignatura.

El TSJA defiende el derecho de los padres a que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones y la libertad ideológica y religiosa, amparadas por los artículos 27.3 y 16.1, respectivamente.

En esta ocasión, los hijos de los demandantes aún no han cursado esta materia. No obstante, la sentencia, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal, considera que la familia está legitimada a oponerse a esta "controvertida asignatura".

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