España recurrirá la decisión de un tribunal federal de EE.UU. de absolver a la empresa que avaló al 'Prestige'

Europa Press Sociedad
Actualizado: jueves, 3 enero 2008 16:40

El Gobierno afirma que el fallo reconoce la responsabilidad en el hundimiento de los titulares del buque y la empresa certificadora

MADRID, 3 Ene. (EUORPA PRESS) -

España recurrirá la decisión de un tribunal federal estadounidense de desestimar la demanda interpuesta en 2003 por el Gobierno español contra la American Bureau of Shiping (ABS) por garantizar el buen estado del petrolero 'Prestige', sólo seis meses antes de verter su contenido a escasa distancia de las costas de Galicia en noviembre de 2002, según anunció hoy el Ministerio de Justicia.

En un comunicado, subraya que la resolución de la juez Laura Swain, del distrito sur de Nueva York, no es firme y que contra ella caben recursos de "reconsideración" (ante la propia Jueza que ha dictado la orden) como de apelación, ante el Tribunal Superior del circuito correspondiente.

"Obviamente, en tanto no se trata de una resolución firme, el Reino de España, a través de la Abogacía del Estado y de los abogados norteamericanos, en defensa de sus derechos, y en el convencimiento de que no existen precedentes jurisprudenciales, de trascendental importancia en el derecho norteamericano, que avalen la interpretación realizada por la Jueza, va a interponer los recursos procedentes contra esta resolución, que no cierra definitivamente el proceso", añade Justicia.

En cualquier caso, destaca que el relato de hechos que la propia resolución considera "probada e indiscutida" la tesis de la Administración española de que el hundimiento del Prestige se debió no a las maniobras de salvamento, ni a circunstancias externas imprevisibles (oleaje, golpes en el casco, etc), sino a un "fallo estructural", que "obviamente" no había sido reflejado en las inspecciones del buque y que "implica una llamada explícita a la responsabilidad de los titulares del buque y de la compañía que lo inspeccionaba y certificaba su navegabilidad".

FALLOS ESTRUCTURALES

Así, recalca que en el relato de los hechos probados se afirma que "tras su partida (del puerto de Ventspils, en Letonia), totalmente cargado, el Prestige sufrió fallos estructurales que dieron lugar al vertido de grandes cantidades de fuel a las proximidades de la costa" española.

Sin embargo, la resolución, conocida ayer, acoge una de las mociones previas o interlocutorias formuladas por ABS, sin entrar a conocer del fondo del asunto, según el Ejecutivo Español, y se basa en una interpretación del denominado Convenio CLC (Convenio internacional sobre responsabilidad civil nacida de daños debidos a contaminación por Hidrocarburos, de 1969, modificado por Protocolo de 27 de noviembre de 1992).

En estos casos, el Convenio obliga a plantear las reclamaciones que se susciten contra las personas comprendidas en su ámbito de aplicación ante los Tribunales del Estado o Estados contratantes en cuyo territorio se hayan sufrido los daños. El Convenio no considera a las sociedades clasificadoras como sujetos de aplicación del mismo.

El fundamento de la resolución se basa en que, conforme a la interpretación del Juzgado, las clasificadoras quedan comprendidas en la expresión utilizada por el artículo III (4) del Convenio, a la hora de prohibir demandas fuera del territorio del Estado dañado, "cualquier otra persona que, sin ser tripulante, preste servicios para el buque". Desde el comienzo del proceso la Administración española y ABS sostuvieron posturas contrarias en torno a la interpretación de este precepto, acogiendo la Jueza en esta resolución la tesis de ABS.

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