Publicado 26/01/2026 10:48

La Junta amplía en cuatro meses el plazo para ejecutar las acciones formativas para la Base Logística de Córdoba

Archivo - Imagen de archivo de las obras de la futura Base Logística del Ejército de Tierra.
Archivo - Imagen de archivo de las obras de la futura Base Logística del Ejército de Tierra. - Rocío Ruz - Europa Press - Archivo

CÓRDOBA 26 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía ha acordado "ampliar en cuatro meses más", pasando "de 12 meses a 16 meses", el plazo para "ejecutar las acciones formativas concedidas a las entidades beneficiarias" de las "subvenciones públicas regladas" destinadas a "la financiación de la oferta formativa de Formación Profesional para el Empleo (FPE) en el sector de la Base Logística del Ejército de Tierra (BLET), dirigida a personas trabajadoras desempleadas en la provincia de Córdoba".

Según publica el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), consultado por Europa Press, el acuerdo de 20 de enero de 2026 de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo "determina la ampliación del plazo de ejecución previsto en la Resolución de 4 de agosto de 2025, de la citada Dirección General, por la que se convoca para el año 2025 la concesión de subvenciones públicas regladas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la financiación de la oferta formativa".

Con fecha 8 de noviembre de 2023, se publica en el BOJA número 214, la Orden 3 de noviembre de 2023, "por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de Formación Profesional para el Empleo en las modalidades de formación de oferta dirigida prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas y a personas trabajadoras ocupadas".

Tras ello, el 16 de enero de 2024 se publica en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 11, corrección de errores de la Orden de 3 de noviembre de 2023 y, con fecha 19 de agosto de 2025, se publica en BOJA la Resolución de 4 de agosto de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se convoca para el año 2025 la concesión de subvenciones públicas regladas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la financiación de la oferta formativa relacionada con la BLET.

Durante el mes de diciembre se han dictado las respectivas resoluciones de concesión de subvenciones por parte del órgano competente para resolver. El apartado 4 del resuelve segundo de la citada convocatoria señala que "las acciones formativas que se financien al amparo de esta convocatoria se ejecutarán en un plazo máximo de 12 meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución de concesión. A partir de esta fecha se procederá a la presentación de las planificaciones formativas correspondiente".

Igualmente, en el apartado 2 del Cuadro I de la convocatoria se dispone que "una vez notificada la resolución de concesión de subvención, la entidad beneficiaria tendrá que ejecutar las acciones formativas en un plazo máximo de 12 meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución de concesión. A partir de esta fecha se procederá a la presentación de las planificaciones formativas correspondientes".

No obstante, "diversas incidencias técnicas en la implementación de la nueva aplicación informática de gestión de la Formación Profesional para el Empleo, PROFEUS+A, que requieren una inversión considerable de tiempo por parte del equipo de soporte técnico para ser resueltas, están provocando un retraso en la puesta a disposición de las personas beneficiarias del citado aplicativo para que puedan proceder a la presentación de las planificaciones anteriormente citadas".

Todo ello, "repercute directamente en el cumplimento del plazo establecido para la ejecución del programa formativo concedido", de modo que "teniendo en cuenta que las señaladas circunstancias son sobrevenidas, excepcionales y ajenas a las personas beneficiarias, pudiendo imposibilitar el cumplimiento de los plazos establecidos, se ha decidido ampliar el plazo de ejecución".

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en su artículo 32.4, establece la posibilidad de ampliar los plazos en los siguientes términos "cuando una incidencia técnica haya imposibilitado el funcionamiento ordinario del sistema o aplicación que corresponda, y hasta que se solucione el problema, la Administración podrá determinar una ampliación de los plazos no vencidos, debiendo publicar en la sede electrónica tanto la incidencia técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido".

En consecuencia con lo anterior y en aplicación del artículo 32.4 de la Ley 39/2015, se ha ampliado en cuatro meses más el plazo para ejecutar las acciones formativas concedidas a las entidades beneficiarias, pasando de 12 meses a 16 meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución de concesión.

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