Actualizado 04/03/2025 12:29

Los grandes municipios andaluces tienen hasta el 4 de junio para informar de bolsas de suelo para vivienda asequible

Archivo - Imagen de archivo de una parcela en Huelva capital.
Archivo - Imagen de archivo de una parcela en Huelva capital. - JUNTA DE ANDALUCÍA - Archivo

SEVILLA 4 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Decreto-ley 1/2025 de medidas urgentes en materia de vivienda ha entrado en vigor este martes tras su publicación el lunes en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) y a la espera de que este miércoles lo convalide el Pleno del Parlamento de Andalucía, como es previsible dada la mayoría absoluta del Grupo Popular.

Entre las medidas que contiene el Decreto-ley figura el plazo de tres meses con que cuentan los ayuntamientos de municipios mayores de 100.000 habitantes para informar de la bolsa de suelo para vivienda asequible.

La norma prevé "dar publicidad y transparencia a los suelos disponibles en los municipios andaluces para la construcción de viviendas protegidas y asequibles" y será una bolsa de suelo integrada "por parcelas públicas o privadas disponibles destinadas por el planeamiento urbanístico a vivienda protegida, parcelas dotacionales de equipamientos susceptibles de acoger viviendas o alojamientos dotacionales, parcelas de los patrimonios públicos de suelo y otras de titularidad pública susceptibles de acoger vivienda protegida".

La obligación para las corporaciones municipales será la emisión de "la cédula urbanística de los suelos o inmuebles en el que conste el régimen urbanístico y demás circunstancias aplicables a las parcelas o inmuebles, así como el número de viviendas protegidas posibles".

A partir de ahí el Gobierno andaluz impulsará convenios de colaboración con los ayuntamientos para "la mejor gestión de las políticas de vivienda, en virtud de su adhesión a la bolsa de suelo de vivienda asequible", tarea que comenzará con los municipios de más de 100.000 habitantes.

La Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda se propone "el desarrollo de la herramienta informática para la publicación y gestión de los datos y su materialización para la consulta electrónica en un plazo de seis meses a partir de la obtención de los datos" y darle publicidad a esa información a través del Portal de la Junta de Andalucía.

AMPLÍA LA HORQUILLA DE BENEFICIARIOS: HASTA 58.800 EUROS ANUALES

Otra de las medidas del decreto es la ampliación de los potenciales beneficiarios de inmuebles protegidos al elevar la horquilla de sus ingresos. Las viviendas y alojamientos protegidos se destinan a unidades familiares cuyos ingresos anuales no superen 3,00 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), en el caso de viviendas protegidas de régimen especial; 5,5 veces el IPREM para las viviendas protegidas de régimen general, y 7 veces el IPREM en las viviendas protegidas de precio limitado.

La Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2023 estableció la cuantía de ese indicador en 600 euros mensuales o 7.200 euros anuales, por lo cual, con la nueva referencia que ha introducido el Gobierno andaluz, un solicitante con ingresos de entre 39.600 euros anuales y 50.400 euros, podrán acceder respectivamente a las viviendas de régimen general y en régimen de precio limitado.

Con un IPREM que comprenda las pagas extraordinarias en ese caso su cuantía anual será de 8.400 euros, según la misma Ley de Presupuestos de 2023, con lo cual, los límites salariales serán de entre 46.200 y 58.800 euros.

VIVIENDA TURÍSTICA: SUSPENSIÓN DE LICENCIAS DURANTE DISEÑO DE PLANEAMIENTO

El decreto-ley ha incluido un artículo dedicado a la regulación de la vivienda de uso turístico y su integración en las normas de ordenación urbanística.

Prevé en los municipios donde "concurran razones imperiosas de interés general", y previa justificación de la proporcionalidad de la medida, que "el uso residencial de una parcela no habilitará por sí mismo la posibilidad de destinar las viviendas al alojamiento turístico", por cuanto exige que "el planeamiento urbanístico tenga previsto la compatibilidad del uso de alojamiento turístico con el residencial".

Los ayuntamientos podrán acotar esa exigencia por edificios, áreas, zonas o sectores.

Igualmente los ayuntamientos, "durante la tramitación del instrumento que contenga la ordenación urbanística", podrán "acordar la suspensión de las licencias y declaraciones responsables de viviendas de uso turístico, ya sea para la totalidad del término municipal o para zonas o tipologías de edificación concretas, siempre que se justifique la necesidad y la proporcionalidad de dicha medida".

Entre las medidas del Decreto ley figura también autorizar una mayor densidad de viviendas en parcelas que se destinen a VPO e incluir promociones residenciales en la Unidad Aceleradora de Proyectos (UAP).

Además de la oferta de suelo para vivienda protegida, el decreto-ley prevé cambios de uso, de densidad y edificabilidad en parcelas aptas para la edificación y que no necesiten obras urbanización.

El Gobierno andaluz se propone permitir que los solares o edificios con uso como alojamiento turístico u oficinas se destinen a viviendas protegidas. Plantea también aumentar la densidad de viviendas y edificabilidad en las parcelas residenciales si hay un compromiso de que sean protegidas.

En las parcelas para vivienda libre se podrá incrementar un 20% la densidad de viviendas y la edificabilidad de forma proporcional, mientras que en las parcelas para vivienda protegida, el incremento podrá ser de un 20% y la edificabilidad, de un 10%.

La Junta de Andalucía permitirá edificar viviendas protegidas en las parcelas, sin necesidad de modificar los instrumentos de ordenación urbanística, de respetarse el equilibrio de los usos residenciales y los equipamientos.

DOS AÑOS PARA SOLICITAR LAS LICENCIAS Y OTRO MÁS PARA SU CONSTRUCCIÓN

Las licencias para los proyectos de vivienda deberán solicitarse en un plazo máximo de dos años y las viviendas deberán construirse en un plazo de tres años. La Junta de Andalucía requiere para ello un acuerdo municipal en un plazo máximo de un año desde la entrada en vigor del decreto para aplicar las medidas en función del desequilibrio entre demanda de suelo para vivienda protegida y la oferta disponible.

El Gobierno andaluz plantea la promoción de la construcción de viviendas públicas en alquiler en parcelas de equipamientos, una medida que asegura ya aparece en la Ley Lista (Ley para el Impulso de la Sostenibilidad Territorial de Andalucía).

La Junta subraya como novedad del Decreto ley en este sentido que la compatibilidad se podrá aplicar, sin necesidad de modificar los instrumentos de planeamiento, cuando las parcelas de equipamiento no tengan uso específico o su calificación sea del uso genérico de interés público y social.

La Junta de Andalucía contempla incentivos a los promotores para la construcción. Accederán a los préstamos de los fondos europeos Next Generation para promover vivienda en alquiler asequible, que aporta mejores condiciones que las del mercado.

También la Administración autonómica abrirá nuevas convocatorias de subvenciones, este mismo año, para que los promotores construyan viviendas en alquiler asequible, con precios limitados, sobre suelos públicos o privados y que se mantengan un mínimo de 20 años. Las subvenciones podrán ser de hasta 30.000 euros por vivienda que se construya.

La Junta ha actualizado los coeficientes territoriales que determinan los precios máximos de la vivienda protegida en cada municipio para facilitar su construcción. En las capitales de provincia y municipios de más de 25.000 habitantes; municipios con una demanda excepcional de vivienda, municipios que dan continuidad a los tejidos urbanos de las capitales o aquellos que tienen condiciones excepcionales por su actividad industrial o económica la diferencia con el precio de la vivienda libre sea, al menos, de un 25%.

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