Electrodoméstico - JUNTA DE ANDALUCÍA
SEVILLA 9 Abr. (EUROPA PRESS) -
La Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía ha recordado que los consumidores cuentan con los denominados servicios de asistencia técnica (SAT) para reparar, instalar o realizar el mantenimiento de los aparatos de uso doméstico (lavadoras, frigoríficos, lavavajillas, calentadores, entre otros.). El SAT puede prestar sus servicios tanto en el local donde se desarrolla su actividad como en los domicilios.
Así, la Junta ha explicado en un comunicado que existen los SAT oficiales de marca, es decir, aquellos servicios de asistencia técnica que poseen autorización escrita de la entidad fabricante, así como los talleres no autorizados como SAT oficiales de marca, los cuales tienen prohibido exponer referencias a marcas en el establecimiento que puedan inducir a confusión.
Consumo recomienda realizar una labor de información previa antes de seleccionar el SAT al que se llevará el electrodoméstico pues la existencia de logos de determinadas marcas no certifica que se trate de Servicios Técnicos Oficiales de Marca.
Hay que tener en cuenta que, si el aparato de uso doméstico se estropea y está todavía en garantía, la persona usuaria tiene que dirigirse a la empresa que se lo vendió, o al fabricante, donde le informarán sobre el SAT autorizado donde poder repararlo. Es esencial no hacerlo en cualquier establecimiento, ya que esta circunstancia puede suponer la pérdida de la garantía. Consumo incide asimismo en que las reparaciones durante el periodo de garantía son gratuitas lo cual incluye gastos de envío, de desplazamiento, costes de mano de obra, compra de piezas de repuesto, entre otros.
Si, en cambio, el aparato se estropea y no está cubierto por la garantía legal, la persona usuaria puede elegir cualquier SAT. En este caso se recomienda a la persona usuaria informarse en distintos SAT, comparando diferentes ofertas, y si es posible, ver referencias en foros o comentarios de personas usuarias que hayan contratado previamente el servicio técnico en cuestión.
Los usuarios deben además preguntar por los precios por horas de trabajo, por desplazamiento y otros costes asociados; precios, con IVA incluido, que deben estar expuestos al público.
La empresa debe facilitar el resguardo acreditativo del depósito si la persona consumidora deja el aparato en el SAT. Asimismo, toda persona usuaria tiene derecho a un presupuesto previo por escrito de las reparaciones que se vayan a efectuar, por lo que es fundamental solicitarlo. Una vez elaborado, si la persona usuaria no lo acepta, la empresa podría cobrarle por su confección, sin perjuicio de que deban devolverle el aparato tal y como lo entregó en el SAT.
Consumo Responde recuerda que las reparaciones en el SAT cuentan con una garantía mínima de tres meses. Además, se aconseja optar siempre por un SAT que esté adherido al Sistema Arbitral de Consumo.