Publicado 13/02/2024 17:27

Empleo aprueba un procedimiento para facilitar actuación de Inspección de Trabajo sobre riesgos laborales en la Junta

Archivo - Imagen de archivo de una funcionaria autonómica de Registro en una sede administrativa de la Junta de Andalucía.
Archivo - Imagen de archivo de una funcionaria autonómica de Registro en una sede administrativa de la Junta de Andalucía. - JUNTA DE ANDALUCÍA - Archivo

SEVILLA 13 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha conocido este martes la aprobación, por la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, de un procedimiento administrativo especial de actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS), que agilizará el desarrollo de medidas correctoras en materia de prevención de riesgos raborales en el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía.

El procedimiento, recogido en la Orden de 1 de febrero de 2024, entró en vigor el día 7 tras su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), según una nota de la Junta.

La regulación de este procedimiento, prevista en la Estrategia Andaluza de Seguridad y Salud en el Trabajo 2017-2022, ha sido una prioridad para el Gobierno andaluz, que dice continuar apostando por la prevención de riesgos laborales.

La normativa afecta a todo el personal empleado de los distintos centros, dependencias o lugares de trabajo de la Administración de la Junta de Andalucía con independencia de que la relación sea de naturaleza laboral, estatutaria o funcionarial.

No se aplicará en las sociedades mercantiles y fundaciones del sector público andaluz, ni tampoco en las entidades públicas empresariales, que quedan excluidas de este procedimiento porque se someten al régimen ordinario derivado del Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, que se aprobó por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

La Junta de Andalucía ha explicado que se excluyen de la orden las cuestiones de prevención de riesgos laborales que se susciten respecto del personal de las empresas contratistas, subcontratistas de obras o servicios o concesionarias que realicen su actividad en instalaciones de los órganos y entidades de la Administración, a los que se aplicará el procedimiento ordinario.

Con esta orden, que determina qué órganos y unidades participan, de qué manera, así como sus plazos de actuación, Andalucía dispondrá, como ya lo hace Cataluña y el País Vasco, de un procedimiento específico para la corrección de incumplimientos en materia de prevención de riesgos laborales observados por la Inspección de Trabajo en la Administración de la Junta de Andalucía.

Estas medidas se han aprobado conforme a las previsiones de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y al procedimiento estatal regulado en el Real Decreto 707/2002, que se aplica a aquellas administraciones públicas que no poseen normativa propia.

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