Archivo - La consejera de Igualdad, Rocío Ruiz, en una imagen de archivo en un centro de protección de menores en Jerez de la Frontera (Cádiz). - JUNTA DE ANDALUCÍA - Archivo
SEVILLA 7 Jun. (EUROPA PRESS) -
El Consejo de Gobierno ha aprobado este martes la reforma del decreto que regula el programa de tratamiento a familias con menores en situación de riesgo o desprotección, a propuesta de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.
De esta forma se proporciona estabilidad al programa en favor del interés general, desarrollado bajo el enfoque y la perspectiva de la infancia y primando el interés superior del menor para implicar a todas las administraciones de la Comunidad Autónoma en el sistema de atención a la infancia, según una nota del Gobierno andaluz.
La continuidad del programa requería hasta ahora, según ha explicado la Administración regional, la firma anual de prórrogas de los convenios suscritos con las entidades locales, hecho que suponía un pronunciamiento expreso y reiterado de las administraciones implicadas.
Con esta reforma, la totalidad de las entidades afectadas por el ámbito de aplicación de este decreto (municipios de más de 20.000 habitantes y diputaciones provinciales) tendrán derecho al apoyo financiero establecido para el sostenimiento de los gastos de los equipos de tratamiento familiar que tengan constituidos sin necesidad de realizar una manifestación expresa para solicitar su adscripción al programa.
Otra de las modificaciones exime de hacer una estimación previa de gastos que presentar a la Junta de Andalucía, ya que el coste de cofinanciación vendrá recogido solo en la justificación de las transferencias, sustituyéndose así previsiones presupuestarias por gastos efectivos, lo que conllevará un mejor control del coste real del programa.
La reforma del decreto también incorpora al texto articulado las obligaciones que comprometen a las administraciones, que hasta ahora aparecían recogidas en los convenios, y aumenta algunas nuevas.
Añade la obligación de la Administración autonómica de poner a disposición de los equipos de tratamiento familiar escalas e instrumentos de evaluación, así como promover espacios de colaboración y compartir experiencias de buenas prácticas relacionadas con el tratamiento familiar en coordinación con las entidades locales, y la difusión de una memoria técnica anual de los trabajos desarrollados por los equipos.
En lo que respecta a las obligaciones de las entidades locales, añade la necesidad de garantizar la asistencia jurídica a los equipos de tratamiento familiar, promover la formación y reciclaje de los profesionales, la supervisión de los casos atendidos y la promoción de espacios amigables a la infancia y adolescencia en los centros de trabajo, adaptados a la intervención con niñas, niños y adolescentes en su ámbito geográfico de actuación.
Las entidades participarán en la evaluación y seguimiento del programa.
EQUIPOS DE TRATAMIENTO FAMILIAR
El nuevo texto también recoge que los cambios en el censo poblacional no operen de forma automática sobre la composición de los equipos y que tanto los incrementos como los decrementos requieran una evaluación de las necesidades reales de la población atendida.
Establece que la Consejería competente en materia de infancia valorará la necesidad, según la disponibilidad presupuestaria, de poder incrementar de manera general el número y composición de los equipos.
También se introduce en el nuevo texto normativo una regulación más adecuada de los supuestos de reintegro contemplándose específicamente la necesidad de garantizar la continuidad del servicio a prestar por la totalidad de los profesionales, derivado del interés jurídico superior del menor, siendo deber de la entidad local garantizar la efectiva prestación del servicio por la totalidad del equipo.
Se propone con la reforma normativa compartir los gastos generados por bajas laborales o vacantes, siempre que estas no excedan del plazo establecido (más de un mes).
DISCAPACIDAD, VIOLENCIA DE GÉNERO Y PARENTALIDAD POSITIVA
El nuevo texto reformado hace también referencia al enfoque de la parentalidad positiva, recoge la necesidad de proporcionar un tratamiento terapéutico, para garantizar en todo caso la cobertura de necesidades básicas de niñas, niños y adolescentes, así como la promoción de la reparación emocional con el objetivo de favorecer su integración familiar, escolar y social.
En los casos de exposición de niñas, niños y adolescentes a violencia de género, se procederá a la coordinación con los centros provinciales o municipales de información a la mujer, así como con las oficinas de asistencia a las víctimas de delitos en Andalucía.
Queda recogido en el texto una especial atención a los supuestos de discapacidad. Así, en caso de discapacidad o posible discapacidad y/o dependencia de algún miembro de la unidad familiar, se procederá a la coordinación con los centros de valoración y orientación o servicios sociales de valoración de la dependencia.