Actualizado 30/03/2020 18:59

La Junta amplía plazos de justificación de subvenciones a empresas gestionadas por IDEA por la crisis del coronavirus

El presidente de la Junta de Andalucía, Juanma Moreno (d), junto al consejero de la Presidencia, Administración Pública e Interior, Elías Bendodo (i), en la reunión de este lunes del Consejo de Gobierno.
El presidente de la Junta de Andalucía, Juanma Moreno (d), junto al consejero de la Presidencia, Administración Pública e Interior, Elías Bendodo (i), en la reunión de este lunes del Consejo de Gobierno. - JUNTA DE ANDALUCÍA

SEVILLA, 30 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Gobierno ha aprobado este lunes la ampliación de los plazos para que puedan justificar sus inversiones y el mantenimiento de empleo las empresas beneficiarias de subvenciones de los programas de desarrollo industrial, la mejora de la competitividad, la transformación digital y la creación de empleo en Andalucía, así como la promoción de la investigación industrial, el desarrollo experimental y la innovación empresarial gestionados por la Agencia IDEA.

Se trata de una de las medidas incluidas en el decreto ley aprobado por el Consejo de Gobierno este lunes por el que se establecen medidas extraordinarias y urgentes en los ámbitos económico y social como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus Covid-19, y que engloban a cinco consejerías; en concreto, las de Presidencia, Administración Pública e Interior; de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad; de Educación y Deporte; de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, y de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio.

De esta manera, las empresas beneficiarias de las ayudas para desarrollo industrial que se hayan visto obligadas a efectuar un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) a causa del estado de alarma declarado para gestionar la crisis sanitaria causada por el Covid-19, contarán con un plazo adicional de 18 meses para justificar las condiciones de creación y/o mantenimiento de empleo a las que les obligue su resolución de concesión de la ayuda.

Dicho plazo adicional computará a partir de la terminación de los plazos que se establecen en estas resoluciones, según ha concretado la Junta, que ha detallado, además, que las empresas que presenten solicitudes a la convocatoria de ayudas al desarrollo industrial a partir de la fecha de entrada en vigor de estas medidas podrán acreditar el cumplimiento de requisitos de creación de empleo que se determinen en la resolución de concesión hasta el 31 de diciembre de 2022.

Por otra parte, tanto las empresas beneficiarias de ayudas para desarrollo industrial como las beneficiarias del programa de apoyo a la I+D+i, podrán solicitar, a partir de la fecha de entrada en vigor de estas medidas, la ampliación del plazo de ejecución de las actuaciones subvencionadas y del plazo de justificación de las ayudas, si estos plazos venciesen en el presente año. La ampliación del plazo de ejecución no podrá superar los 15 meses, según ha informado la Junta.

También se recoge en el decreto el desarrollo normativo de la línea de garantías de créditos concedidos por entidades financieras para circulante en favor de las pequeñas y medianas empresas y autónomos andaluces, presupuestada con 20 millones de euros con cargo a la línea 'Andalucía, financiación empresarial' del Fondo Público Andaluz para la Financiación Empresarial y el Desarrollo Económico, gestionado a través de IDEA.

Estos avales se destinarán a garantizar préstamos o créditos con un importe mínimo de 5.000 euros y un máximo del 25% de la facturación del solicitante, correspondiente al ejercicio 2019, con un límite de 300.000 euros.

Los préstamos o créditos tendrán una duración mínima de seis meses y máxima de 36 meses, pudiendo la entidad colaboradora aprobar plazos o periodos de carencia.

AGILIZACIÓN DE CONTRATACIONES EN LA ADMINISTRACIÓN

Por parte de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, se ha aprobado la "agilización" de las contrataciones para hacer frente a la pandemia y al desarrollo de las medidas de apoyo aprobadas por el Consejo de Gobierno.

Así, y ante la "situación crítica" en la que se ven "determinados servicios públicos esenciales" por la evolución de la crisis sanitaria, se ha acordado modificar el artículo 13 del Decreto Ley 3/2020, de 16 de marzo, tanto para contemplar fórmulas adicionales de selección de personal funcionario interino y laboral temporal, así como en la agilización del procedimiento de nombramiento o contratación, posponiendo "determinados trámites que en esta situación extraordinaria y excepcional pueden llegar a ocasionar retraso en la cobertura inmediata de los puestos de trabajo".

En este sentido, se señala que, cuando no resultase posible la selección de personal entre quienes figuren incluidos como disponibles en las diferentes bolsas de aspirantes a nombramientos de personal funcionario interino, la selección se realizará dentro de la bolsa que por cada cuerpo, especialidad u opción existe, integrada por el personal que ha cesado como funcionario interino, en los cinco años inmediatamente anteriores a la fecha del presente decreto ley.

En el caso del personal laboral, se efectuará en las bolsas complementarias creadas por Acuerdo de la Comisión del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía de 26 de noviembre de 2014, y, a continuación, en las listas de sustituciones que se encuentren vigentes en cada ámbito provincial.

El decreto acuerda que, mientras dure la situación de emergencia sanitaria por el Covid-19, con las personas que hayan presentado solicitud de participación en el procedimiento de selección previsto en este apartado, se conformará una bolsa "a la que se acudirá si vuelve a surgir la necesidad para la cobertura de puestos en la misma localidad del cuerpo, especialidad u opción, en el caso del personal funcionario, o de la categoría profesional, en el caso del personal laboral".

MESAS DE COORDINACIÓN PARA SITUACIONES DE "EXTREMA VULNERABILIDAD"

De otro lado, también se ha incluido en el decreto ley la creación, en el seno de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, de la Mesa autonómica de Coordinación ante Situaciones de Extrema Vulnerabilidad Social, ante la crisis ocasionada por el Covid 19.

También se creará también una Mesa provincial de coordinación en cada una de las delegaciones territoriales de Educación, Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.

Serán destinatarias de estas medidas de coordinación las situaciones grupales o colectivas de personas en extrema vulnerabilidad constatadas por los servicios sociales comunitarios o por entidades integradas en la Mesa del Tercer sector, que no hayan podido ser resueltas en sus respectivos ámbitos.

Se sumarán aquellas que requieran de una actuación inmediata que, en el caso de no contar con una intervención, podrían sufrir un grave deterioro o agravamiento en su estado de vulnerabilidad y desprotección, con especial atención al colectivo sin hogar.

Los recursos que pueden ser destinados para atender las situaciones de extrema vulnerabilidad social que se planteen son los disponibles tanto por las administraciones públicas como por las entidades integradas en la Mesa del Tercer sector.

De forma específica se podrá contar con recursos como los centros residenciales --centros de acogida, viviendas tuteladas, albergues para personas trabajadoras temporeras--; la Red de Albergues juveniles gestionados por Inturjoven; residencias de estudiantes y residencias de tiempo libre; o alojamientos turísticos que hayan sido declarados servicios esenciales por el órgano competente.

También figurarán instalaciones deportivas o de índole similar "siempre que puedan ofrecer los servicios de pernoctación, salas de estancia diurna, atención social, atención sanitaria, alimentación, higiene personal y de ropa y enseres, previsión de actividades individuales de ocupación del tiempo en confinamiento prolongado, así como aislamiento y cuarentena de los casos de personas afectadas que revisten menor gravedad".