Actualizado 03/10/2018 13:06

Simplificación de trámites para apertura y funcionamiento de centros de servicios sociales

Mayores, servicios sociales
JUNTA DE ANDALUCÍA

SEVILLA, 2 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Junta de Andalucía agilizará y simplificará los trámites administrativos vinculados a la prestación de servicios sociales, de acuerdo con el nuevo reglamento sobre la materia aprobado este martes por el Consejo de Gobierno. La norma establece los procedimientos de autorización, acreditación y comunicación de las actividades en este ámbito, con un nuevo modelo menos restrictivo para las entidades titulares que garantiza a la vez los derechos de los usuarios, principalmente mayores, dependientes, con discapacidad, en riesgo de exclusión social o pertenecientes a otros sectores vulnerables de la población.

El reglamento, que sustituye al vigente desde 1996 y desarrolla la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía, establece la comunicación por parte de los titulares como fórmula general de intervención, reservando la autorización y la acreditación --que suponen mayor carga administrativa-- para supuestos tasados por motivos de protección del interés general y la salud pública.

La comunicación por parte de los titulares se aplicará al funcionamiento y a las modificaciones sustanciales de servicios y entidades no incluidas en las autorizaciones, así como para traslados, cambios de tipología o de titularidad y cierre o cese de la actividad. Esta fórmula permite el inicio de actividad o el reconocimiento del ejercicio de derechos desde el mismo día de su presentación, sin perjuicio de las facultades de comprobación por parte de la Junta.

Por su parte, la autorización administrativa únicamente será obligatoria para la puesta en funcionamiento y las modificaciones sustanciales de los centros encuadrados en los servicios sociales comunitarios, los de atención residencial, los de día y los de noche. Se otorgará por periodo indefinido pero condicionadas al cumplimiento permanente de los requisitos establecidos en la norma. La autorización previa de construcción se exigirá solo si la entidad o la prestación del servicio se financia con ayudas o subvenciones públicas.

En cualquier caso, la acreditación será necesaria para los servicios y centros de cualquier tipo que pretendan concertar plazas con la Administración. El nuevo reglamento establece su renovación cada cinco años. Las autorizaciones ya otorgadas de acuerdo con la normativa anterior mantendrán la misma validez que las que se concedan conforme al nuevo reglamento, mientras que las acreditaciones surtirán los mismos efectos hasta su renovación.

En Andalucía funcionan actualmente 3.547 centros públicos y privados de servicios sociales, así como 7.141 entidades inscritas en este ámbito. Entre ellas destacan las dedicadas a personas mayores (1.764), personas con discapacidad (1.010) y servicios sociales (834).