Publicado 12/08/2020 11:00

La Junta recomienda comprobar el precio total del curso y los conceptos incluidos al contratar con una academia

Tres alumnos reciben una clase en la Academia de Inglés American Language Academy (Plaza del Conde del Valle Suchil, 17), que ha reabierto hoy sus puertas para dar clases de forma presencial tras ofrecerlas a través de videoconferencia durante el parón
Tres alumnos reciben una clase en la Academia de Inglés American Language Academy (Plaza del Conde del Valle Suchil, 17), que ha reabierto hoy sus puertas para dar clases de forma presencial tras ofrecerlas a través de videoconferencia durante el parón - Jesús Hellín - Europa Press - Archivo

SEVILLA, 12 Ago. (EUROPA PRESS) -

La Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía recomienda a la ciudadanía, a la hora de contratar un curso o actividad formativa en una academia, ya sea presencial o de formación a distancia, informarse sobre el precio total del curso y sobre los diferentes conceptos que lo integran, como la matrícula o inscripción, los gastos de material o los gastos de envío en las modalidades no presenciales.

Asimismo, desde la Junta consideran importante informarse previamente sobre diferentes cuestiones como el contenido del curso, la metodología, duración y programación del mismo, las modalidades de pago, la cualificación de su personal docente o el título, diploma o certificado que se expide a la finalización de la actividad formativa, según han detallado en una nota desde la Administración autonómica.

Una vez seleccionado el curso a realizar, antes de firmar el contrato se debe revisar "atentamente" el mismo para comprobar que se ajusta a lo acordado previamente, y consultar cualquier duda que pueda surgir.

Igualmente, desde la Junta apuntan que, a la hora de revisar el contrato, se debe verificar que en el mismo no se faculta al centro de enseñanza a la cesión o subrogación del crédito en caso de financiación, salvo consentimiento expreso.

Otra de las cuestiones a las que se debe prestar especial atención es cuando en el contrato o la publicidad se haga referencia a puntuación en bolsas de trabajo o a la realización de prácticas en empresa, siendo recomendable solicitar la documentación en la que se acrediten las condiciones, así como copia del convenio con la empresa.

A la hora de formalizar el contrato o la matrícula, es recomendable hacerlo en el domicilio social del centro y no en el domicilio del alumno o en cualquier otro lugar, así como solicitar en ese mismo momento el documento de revocación del contrato por si se cambiara de opinión.

En este sentido, se recuerda que en los contratos celebrados a distancia o fuera del establecimiento la persona consumidora cuentan con el derecho de desistimiento, por el que puede anular el mismo en el plazo de un mínimo de 14 días sin tener que alegar motivo alguno y sin penalización. Asimismo, se debe revisar el material íntegramente, tanto su contenido como la actualización del mismo, en el momento de su entrega y siempre con anterioridad al plazo de rescisión del contrato.

Una vez firmado el contrato, se debe conservar una copia del mismo y de todos los documentos que lo acompañen, así como un justificante o factura de los pagos realizados. Igualmente, es importante conservar una copia de la publicidad del curso, ya que tiene carácter vinculante, por lo que se podrán exigir las condiciones relativas a las características, finalidad y condiciones económicas que se incluyen en la misma incluso cuando no figuren expresamente en el contrato.

FINANCIAR EL PAGO DEL CURSO

Si la academia ofrece la posibilidad de financiar el pago del curso, se debe valorar la necesidad de obtener un crédito al consumo y, en su caso la posibilidad de utilizar otros medios de pago diferentes, siendo conveniente comparar distintas ofertas de financiación para elegir la más adecuada a los intereses de cada persona.

Si finalmente se decide financiar el pago del curso, es recomendable solicitar a la entidad financiera, previamente a la firma del contrato, un documento con todas las condiciones del crédito como oferta vinculante.

Dicha oferta --según continúa la Junta-- deberá ser mantenida durante un plazo mínimo de 14 días naturales desde su entrega, y deberá facilitarse en un documento separado al resto de la información sobre el contrato del curso, en caso de que ambas informaciones se comuniquen al mismo tiempo. La oferta se deberá ofrecer en papel o cualquier otro soporte duradero.

El documento de la oferta vinculante deberá incluir, entre otros aspectos, información sobre el tipo de crédito y la identidad y domicilio social de la entidad prestamista, y de la entidad intermediaria implicada en caso de que la haya.

Además, incluirá datos relacionados con el crédito --como el importe total, duración del contrato, tipo deudor, TAE, importe, el número y la periodicidad de los pagos a efectuar--; los posibles gastos derivados del mismo --mantenimiento de la cuenta, uso de un determinado medio de pago, entre otros--; servicios accesorios como seguros; tipo de interés de demora y gastos por impago, entre otras cuestiones.

También se incluirá información sobre los derechos de la persona consumidora, como la existencia o ausencia de derecho de desistimiento; el derecho de reembolso anticipado y, en su caso, información sobre el derecho de la entidad prestamista a una compensación y sobre la manera en que se determinará tal compensación.

Asimismo, el derecho a que la persona consumidora sea informada inmediata y gratuitamente del resultado de la consulta de la base de datos para la evaluación de la solvencia; el derecho de la persona consumidora a recibir gratuitamente, previa solicitud, una copia del proyecto del contrato de crédito, salvo que en el momento de la solicitud la entidad prestamista no esté dispuesta a celebrar el contrato de crédito con la persona consumidora.

Si se produjera algún conflicto o disconformidad con la academia se puede presentar una hoja oficial de quejas y reclamaciones de la Junta de Andalucía, a la que deberán responder en el plazo de diez días hábiles.

Asimismo, "siempre que sea posible", desde la Junta se recomienda contratar los servicios con empresas adheridas al Sistema Arbitral de Consumo, ya que, de esta manera, "se garantiza que cualquier posible discrepancia pueda quedar resuelta de forma rápida y gratuita, sin necesidad de acudir a los tribunales".

'CONSUMO RESPONDE'

Ante cualquier duda o consulta en materia de consumo, la ciudadanía puede contactar con 'Consumo Responde', un servicio gratuito de información y asesoramiento a las personas consumidoras y usuarias, impulsado por la Consejería de Salud y Familias de la Junta.

Se trata de un servicio multicanal, al que se puede acceder de forma continuada a través del número de teléfono 900.215.080, de la página web 'www.consumoresponde.es', del correo electrónico consumoresponde@juntadeandalucia.es; y de los perfiles en las redes sociales Twitter (@consumoresponde) y Facebook (www.facebook.com/consumoresponde).

También se puede recibir asesoramiento en los Servicios Provinciales de Consumo de las delegaciones territoriales de Salud y Familias presentes en todas las capitales de provincia, así como en las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC), y en las organizaciones de personas consumidoras y usuarias.