Publicado 04/07/2023 20:23

El Supremo rechaza los incidentes de nulidad contra la sentencia que avala la prórroga de Ence en Pontevedra

Archivo - El complejo industrial de Ence en la Ría de Pontevedra, a 7 de febrero de 2023, en Pontevedra, Galicia (España). La sección quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha estimado los recursos presentados por Ence y
Archivo - El complejo industrial de Ence en la Ría de Pontevedra, a 7 de febrero de 2023, en Pontevedra, Galicia (España). La sección quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha estimado los recursos presentados por Ence y - Gustavo de la Paz - Europa Press - Archivo

PONTEVEDRA, 4 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo ha rechazado los incidentes de nulidad presentados por el Ayuntamiento de Pontevedra y la Abogacía del Estado contra la resolución judicial que avaló la permanencia de Ence en los terrenos de Lourizán, en la ría de Pontevedra, y que, en concreto, iban dirigidos a la concesión de la prórroga.

Según han confirmado a Europa Press fuentes de las partes, la sección quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal ha comunicado este martes a las partes afectadas la resolución adoptada, en la que se apunta que no procede la nulidad del fallo anterior.

Esta resolución cierra la vía abierta ante el Supremo, pero sigue abierta la posibilidad de continuar ante el Tribunal Constitucional.

En febrero de este año, la sección quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo estimó los recursos presentados por Ence y otras entidades contra las sentencias de la Audiencia Nacional que anularon la prórroga que determinaba la continuidad de la factoría en la ría de Pontevedra hasta el año 2073.

Con esta decisión, corrigió la sentencia de la Audiencia Nacional, que había anulado la prórroga concedida el 20 de enero de 2016 por el Gobierno que dirigía entonces Mariano Rajoy, que otorgaba a Ence una prórroga de 60 años (a contar desde la fecha de solicitud, en 2013) de la concesión de ocupación de una franja de dominio público marítimo terrestre destinada a la fábrica de pasta de celulosa en Pontevedra.

En esa resolución de febrero, el Supremo considera que se pueden prorrogar las concesiones anteriores a la Ley General de Costas de 1988, como es el caso, "siempre que consten informes medioambientales favorables". En el asunto analizado, remarca, "constaban informes favorables de la Administración en esa materia".