El 95% de las actuaciones de la Fiscalía en materia de siniestralidad laboral son a petición de la víctima o su familia

Adecco cree que la actual legislación es "dura, ineficaz y genera inseguridad" porque se puede sancionar un hecho por varias vías

Europa Press País Vasco
Actualizado: miércoles, 1 octubre 2008 20:15

BILBAO, 1 Oct. (EUROPA PRESS) -

El 95 por ciento de los procedimientos penales abiertos en el País Vasco en manos de la Fiscalía en materia de siniestralidad laboral proceden de denuncias cursadas por el propio trabajador accidentado o por los familiares, en caso de fallecimiento, vía querella o vía denuncia.

En los últimos tiempos se ha producido un incremento de los expedientes generales tratados por la Fiscalía, -actualmente unos 300 abiertos en Bizkaia- no porque sea ésta la que promueva el procedimiento penal, sino que son los propios trabajadores las que lo reclaman.

Estos son algunos de los datos aportados en la sesión de trabajo "Responsabilidad penal en la prevención de riesgos laborales", organizada hoy por Adecco en Bilbao y en la que participó la fiscal delegada de siniestralidad laboral del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, Edurne Miranda Herrán.

Durante la jornada, se abrió un debate sobre la conveniencia de que la jurisdicción penal sea la que se utilice para hacer reclamaciones de tipo económico tras sufrir un accidente laboral. Cuando se sufre un accidente y un operario quiere reclamar una cantidad, puede acudir al juzgado de lo Social, lo Civil o lo Penal.

"La vía penal es medianamente rápida pero bastante cicatera en cuanto al monto de las indemnizaciones, la vía civil es muy generosa en la indemnización, pero lentísima, pudiendo llegar el recurso al Tribunal Supremo, mientras la vía social es muy rápida pero más cicatera aún que la Penal en la indemnización, por lo que debe ser la estrategia jurídica del abogado del denunciante la que decida por qué vía actuar", manifestó el director de Asesoría Jurídica del grupo Adecco, Javier Blasco.

En su intervención, Blasco destacó que existen más de 400 normas que regulan responsabilidades en materia de prevención, coexistiendo multiplicidad de jurisdicciones tanto civiles, penales, de Seguridad Social, etc.

Por ello, afirmó que la actual legislación en materia de siniestralidad es "dura, ineficaz y genera inseguridad, ya que por un mismo hecho uno puede ser sancionado por diversas vías, y además cambia continuamente la interpretación".

Según explicó, los países de Europa que tienen sistemas más complejos desde el punto de vista legislativo sancionador en materia de prevención, como España y Portugal, "están a la cabeza de incidencias de accidentes graves y muy graves, a diferencia de los países que llevan la prevención en la cultura, que tienen modelos legislativos más simples, como el modelo nórdico, alemán o inglés".

Por ello, consideró un "error" creer que la prevención se hace con "leyes y leyes, como si el BOE fuera un paraguas", y manifestó que en esta materia "hacen falta muchas más cosas que sacar leyes y sistemas muy sancionadores".

En este sentido, propuso que el Derecho Penal se circunscriba al "ámbito excepcional, dejando siempre la última ratio de aplicación, y que sean sobre todo sistemas de incentivación para el cumplimiento de la norma". Asimismo, indicó que "se debiera debatir sobre la posible responsabilidad civil, desde el punto de vista administrativo del trabajador, cuando sea éste el que incumpla o comparta el incumplimiento, al igual que pasa con los accidentes de tráfico o la normativa antitabaco".

"Si a una persona se le imparte una formación, se le reparte un equipo de protección y no lo utiliza porque no le da la gana, que sepa que se le puede sancionar, y que no haya que esperar al accidente para sancionar al empresario", indicó.

Por otra parte, apuntó que "no todo lo que se mueve en un accidente de trabajo puede convertirse en un delito, sino que hace falta que concurran cuatro elementos: tiene que haber un incumplimiento de la norma, tiene que tratarse de personas que sean legalmente responsables de aportar unos equipos, no tiene que haber aportado efectivamente esos medios de protección y tiene que haberse producido un riesgo grave para la integridad de las personas". "Es una receta con cuatro ingredientes, si falla uno ya no hay delito, lo que es importante que se sepa para tranquilizar a la sociedad", concluyó.

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