La defensa de dos de los exediles investigados en el caso Palacete piden su sobreseimiento por "inexistencia de delito"

Dice que todas las premisas de la acusación "se han demostrado erróneas" y denuncia "el interés político" por alargar la causa

Archivo - Ayuntamiento De Getxo
Archivo - Ayuntamiento De Getxo - EUROPA PRESS - Archivo
Europa Press País Vasco
Publicado: viernes, 3 julio 2026 12:14

BILBAO, 3 Jul. (EUROPA PRESS) -

La defensa de dos de los exconcejales del PNV investigados por el caso del derribo del Palacete Irurak Bat de Getxo han solicitado el sobreseimiento y archivo del procedimiento por "inexistencia de delito" y, tras señalar que el TSJPV ha establecido "con contundencia", que los bienes de custodia municipal como este inmueble no se convierten automáticamente en bienes culturales de protección básica, ha indicado que todas las premisas de la acusación "se han demostrado erróneas" y ve un "interés político" por alargar la causa.

Este escrito de alegaciones, al que ha tenido acceso Europa Press, se ha presentado después de que el juez del caso del Palacete de Getxo, en custodia municipal, que fue derruido en agosto de 2024 para construir pisos de lujo, pidiera a las partes, en un auto del pasado 18 de junio, que aleguen si consideran que el procedimiento penal debe seguir después de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) sobre el caso de 'La Aldea' de Neguri, que dictamina que "los bienes de custodia municipal no se convierten automáticamente en bienes culturales de protección básica", y que ha sido aportada al sumario.

Estos dos de exediles investigados, que son pareja y eran cooperativistas de Ereaga Atalaya --encargada de la actuación para costruir 12 viviendas de lujo, seis en el edificio Irurak Bat y otras seis en un edificio anexo--, han presentado estas alegaciones en las que se señala que en las diligencias "se predicaba la naturaleza de edificio singularmente protegido" de la casa conocida como Irurak Bat, pero la realidad es que el edificio "era un casa de vecinos, en bastante mal estado de conservación y mantenimiento, cuyo parecido con un palacete no es ni remoto, que no despertaba ningún interés cultural, histórico artístico en los ciudadanos del municipio y que contaba con el menor grado de protección urbanística (bien de custodia municipal)".

"No obstante, donde mandan los intereses políticos y/o mediáticos la realidad parece superflua y estas diligencias han transcendido a la opinión pública como 'caso palacete', se apunta.

Según indica, al ubicarse el inmueble en Getxo, la normativa de referencia es la Ley 6/2019 de Patrimonio Cultural Vasco (LPCV). La defensa recuerda que el artículo 8 de esa ley establece tres niveles de protección: protección especial, para los elementos más sobresalientes por su valor cultural, histórico, artístico o de otro tipo; protección media, para bienes relevantes que no tengan la significación anterior; y protección básica, para los bienes con algún interés cultural que no alcanza ninguno de los dos previos niveles.

Los abogados de los exediles señalan que si el Palacete no encuentra protección en ninguna de las tres categorías de la LPCV, "ni siquiera en la de protección básica", se está "ante un elemento ajeno a esos tipos penales".

Según indica, tanto la Ertzaintza como las acusaciones personadas parten de la premisa de que Irurak Bat "era un bien de protección básica, en el entendimiento -un entendimiento más que discutible que decidieron elevar a la categoría de verdad absoluta- de que el hecho de figurar tal inmueble en el catálogo urbanístico como bien de custodia municipal supone automáticamente su consideración como bien de protección básica de la LPCV".

En cambio, afirma que existían y existen "argumentos sólidos" para mantener "justo lo contrario", pero la Ertzaintza y las acusaciones "optaron por no atenderlos".

La defensa alude a la sentencia del TSJPV referida a la casa La Aldea, "en igual situación jurídica", que también figuraba en el catálogo urbanístico de Getxo como bien de custodia municipal.

Según destaca, esta sentencia zanja la cuestión en "términos opuestos" a los del juzgado de instancia, que argumentaba que el inmueble estaba sometido a custodia municipal y ello implicaba un nivel de protección básico que "proscribe el derribo".

La defensa recuerda que en esa sentencia del TSJPV, fechada el 9 de junio, se señala que "los bienes de custodia municipal no se convierten automáticamente en bienes culturales de protección básica" y que "cabe su derribo".

"INEXISTENCIA DE DELITO"

A juicio de la defensa de los ediles, este pronunciamiento aclara que "los bienes de custodia municipal, por el hecho de serlo, no gozan de ninguna de las protecciones establecidas en la LPCV, ni siquiera de la protección básica", por lo que entiende que se debe producir el cierre de la instrucción y el sobreseimiento definitivo de la causa "por inexistencia de delito".

Asimismo, entiende que, "en coherencia con la postura mantenida", las acusaciones no deberían plantear objeción alguna a esta solución pues "sería muy difícil entender que postulen la directa relevancia de lo que se ha fallado en el contencioso cuando conviene y vengan a sostener lo contrario cuando no". En su escrito, la defensa aludía a que la acusación ejercida por EH Bildu había aportado esa sentencia de sobre La Aldea que impedía su derribo -y que posteriormente ha sido revocada- al considerar que tenía relevancia para este otro caso.

Además de considerar que la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJPV se ha pronunciado "con contundencia" al respecto, cree que también sería procedente el sobreseimiento porque el "solo hecho de que exista una seria duda jurídica sobre si los bienes de custodia municipal son o no bienes de protección básica -"no lo son"- "resultaría más que suficiente para descartar la entrada del Derecho penal".

A juicio de la defensa de los dos exediles, estas diligencias se han instrumentalizado "para finalidades políticas". En este sentido, afirma que a sus defendidos se les ha causado un "daño muy grave y de casi imposible reparación" porque han sufrido meses de titulares y noticias -varias incluyendo sus fotografías- dirigidas "a imputarles un protagonismo en actuaciones administrativas fraudulentas que no responde en absoluto a la realidad".

La defensa recuerda que fueron cesados en sus cargos tras la imputación y han tenido que ejercitar su derecho de rectificación, sin que "la estimación de sus pretensiones haya conseguido el cese de noticias posteriores tanto o más dañiñas".

"Y han tenido que convivir todo este tiempo con el oprobio, el estrés y la ansiedad que ser expuesto ante la opinión pública como un presunto delincuente causa hasta en las personas con mayor fortaleza", añade.

Los abogados apuntan que la sucesión de testigos que han declarado hasta el momento "han ido desinflando el suflé" y, en su opinión, "parece ya claro que la Ertzaintza ha trabajado sobre una hipótesis errónea".

Añade que ahora, esta sentencia del TSJ País Vasco demuestra que la licencia otorgada en su día era acorde a derecho y a la normativa urbanística específica de aplicación. Y que la tesis que la Ertzaintza decidió adoptar como presupuesto -según parece, sin tomar en consideraciones otras opiniones técnicas tanto o más relevantes- era incorrecta".

La defensa de los exediles asegura todas las premisas de la acusación "se han demostrado erróneas". "Aquí no existe delito alguno, ni siquiera a nivel indiciario. Existe un interés político y mediático por alargar estas diligencias, sin importar lo más mínimo el daño que se está causando a las personas imputadas, pero ese interés no responde a la legítima finalidad del proceso penal", afirman los letrados que consideran que el "pronto archivo de la causa" ayudará a que no se "prolongue y acentúe" el daño a sus clientes.

Por todo ello, solicita que se tengan en cuenta las alegaciones y que se dicte resolución que acuerde el sobreseimiento y archivo de estas diligencias previas, "sin perjuicio de cuantos otros pronunciamientos consideres pertinentes el Juzgado". "Es de justicia", concluye.

Contador

Últimas noticias sobre estos temas

Contenido patrocinado