BILBAO, 30 Oct. (EUROPA PRESS) -
EuskoTren presentará en los próximos días una demanda ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) para la declaración de huelga ilegal de la "jornada de paro" convocada por el Comité Permanente el pasado 9 de octubre, con motivo de la muerte en accidente laboral de un maquinista.
Según informó la compañía de transportes, dicha decisión ha sido adoptada tras la imposibilidad de alcanzar un acuerdo con los representantes del Comité Permanente en el acto de conciliación celebrado hoy en la sede territorial de Bizkaia del Consejo de Relaciones Laborales, ubicada en Bilbao.
EuskoTren remarcó que la huelga del día 9 de octubre "surgió de una decisión unilateral del Comité Permanente, con incumplimiento total del procedimiento establecido en la normativa reguladora del derecho de huelga, que además imposibilitó avisar a los clientes de la Compañía".
DERECHO A LA LIBRE CIRCULACION
En este sentido, EuskoTren insistió en que "la falta total de prestación de algunos de los servicios de EuskoTren ocasionó el pasado 9 de octubre la verdadera imposibilidad de desplazamiento a un importante número de ciudadanos y ciudadanas, lo que atenta contra el derecho a la libre circulación".
Asimismo, consideró "incuestionable que el transporte de viajeros que realiza diariamente EuskoTren reviste el carácter de servicio público de reconocida e inaplazable necesidad" y señaló que "se debe conjugar el ejercicio del derecho de huelga que legalmente tiene atribuido el personal laboral con el interés general de la población que puede verse afectada por ella, de forma que el ejercicio legítimo de este derecho constitucional no imponga a la ciudadanía sacrificios desproporcionados".
EuskoTren indicó que el Comité Permanente "ha negado la ilegalidad de la huelga, por lo que la resolución definitiva han de dictarla los tribunales, ya que desde el punto de vista de la empresa y tal y como lo demuestran los daños infringidos a los clientes en dicha jornada, así como las expresiones de desaprobación de los mismos a través de diversos medios de comunicación, únicamente puede ser calificada y reconocida como huelga ilegal, en consonancia con el derecho a la libertad de circulación reconocido por la Constitución a todos los ciudadanos".