Viñas de Álava - GOBIERNO VASCO
VITORIA, 25 Mar. (EUROPA PRESS) -
La Dirección de Calidad e Industrias Alimentarias del Gobierno Vasco ha estimado la solicitud de protección e inscripción en el registro comunitario de la Denominación de Origen Protegida 'Arabako Mahastiak/Viñedos de Álava'. Una vez cumplimentado este trámite, será la Comisión Europea la que determine si esta marca cumple o no los requisitos para concederle la protección como denominación de origen.
La resolución del Gobierno autonómico será remitida al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, con el fin de que sea puesta en conocimiento de la Comisión Europea, según ha informado el Gobierno Vasco en un comunicado.
El Ejecutivo autonómico cumple, de esta forma, con lo dispuesto en la legislación que regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas en el registro comunitario.
El Gobierno autonómico ha notificado esta resolución a los interesados y la ha publicado en el Boletín Oficial del País Vasco. A los efectos de garantizar una mayor difusión, la versión del pliego de condiciones y el documento único en el que se ha basado esta decisión se encuentran publicados en la web euskadi.eus.
Con esta medida, el Ejecutivo vasco, como autoridad autonómica competente en la materia, da cumplimiento a la obligación de analizar técnica y jurídicamente la solicitud realizada en 2016 por un grupo de bodegas alavesas para la creación de la 'Denominación de Origen
Protegida Arabako Mahastiak/Viñedos de Álava'. El Gobierno ha mostrado su "total respeto" por las demás firmas alavesas que se encuentran en el marco de la DOC Rioja.
Antes de adoptar esta decisión, la Dirección de Calidad e Industrias Alimentarias del Gobierno Vasco realizó las comprobaciones que establece la reglamentación comunitaria y la Ley de Ordenación Vitivinícola.
PASOS DEL PROCEDIMIENTO
Al ser la resolución favorable, se abrió la fase del 'procedimiento nacional de oposición', se publicó un anuncio en el Boletín Oficial del Estado y se abrió un plazo de dos meses para que cualquier persona física o jurídica cuyos legítimos derechos o intereses considerase afectados ha podido oponerse motivadamente.
Resuelto este procedimiento de oposición, se ha dictado y publicado en Boletín Oficial del País Vasco la resolución favorable. Además, se ha informando al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente de la citada concesión.
A partir de ahora, comienza el proceso administrativo de inscripción en el registro comunitario de Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas de la solicitud de protección de la DO, que tiene una fase de tramitación a nivel interno, y otra gestionada por la Comisión Europea.
Una vez que desde el Ministerio la solicitud de inscripción en el registro comunitario de la denominación de origen haya sido transmitida a la Comisión Europea, podrá concederse la protección nacional transitoria.
La Comisión hará pública la fecha de presentación de la solicitud de protección y comprobará si cumple las condiciones establecidas. En tal caso, publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea el documento único y la referencia de la publicación del pliego de condiciones efectuada en el transcurso del procedimiento nacional preliminar.
En el plazo de dos meses, cualquier estado miembro o tercer país, o cualquier persona física o jurídica que tenga un interés legítimo y esté establecida o resida en otro estado miembro o en un tercer país, podrá impugnar la protección propuesta presentando a la Comisión una declaración motivada.
Sobre la base de la información que posea la Comisión al término del procedimiento comunitario de oposición, resolverá proteger la denominación de origen si cumple los requisitos establecidos y es compatible con la normativa de la Unión, o bien, o la rechazará si no los cumpliese.