TSJPV confirma la condena de 21 años de cárcel para el hombre que asesinó a su mujer a martillazos en Lantarón (Álava)

El Tribunal Superior desestima el recurso de la defensa, al considerar que carece de "sustento alguno"

Archivo - Sede del TSJPV en Bilbao
Archivo - Sede del TSJPV en Bilbao - EUROPA PRESS - Archivo
Europa Press País Vasco
Publicado: miércoles, 21 abril 2021 12:50

VITORIA, 21 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha desestimado el recurso presentado por el hombre condenado a 21 años de cárcel por asesinar con alevosía a su mujer, a la que asestó numerosos martillazos en la cabeza, en un crimen cometido en octubre de 2017 en la localidad alavesa de Lantarón. El TSJPV confirma así la sentencia dictada el pasado mes de diciembre por la Audiencia Provincial de Álava, que también obligaba al condenado a indemnizar con 120.000 euros a cada uno de los dos hijos que tenía en común con la víctima.

La resolución del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, que puede ser recurrida en casación, da la razón a la sentencia de la Audiencia Alavesa que considera probado que el 3 de octubre de 2017 el acusado, del que su esposa pretendía separarse, cogió uno o varios objetos contundentes, como un martillo o similares, con los que golpeó en la cabeza a su mujer, de 45 años de edad, "con intención de matarla".

La sentencia ahora confirmada indica que tras asestarle el condenado varios golpes, la víctima cayó al suelo, donde el marido continuó golpeándola con fuerza en la cabeza, "llegando a romper el mango del martillo usado para propinar alguno de los golpes". El agresor provocó a su mujer un total de doce heridas en la cabeza, causándole la muerte.

"INDEFENSIÓN"

La defensa del condenado presentó ante el TSJPV un recurso de apelación contra la sentencia, en el que entre otros argumentos, esgrimía un supuesto quebrantamiento de las garantías procesales que habría causado "indefensión" a su representado.

En su sentencia, el TSJPV rechaza los argumentos de la defensa, sobre los que afirma que carecen de "sustento alguno", y defiende que en el transcurso del procedimiento se respetaron las debidas garantías procesales.

Respecto a la cuantía de la indemnización que se fijo para el condenado, también rechaza las peticiones de la defensa para rebajarla. En este sentido, el Tribunal Superior señala que la suma establecida por la Audiencia Provincial estuvo "suficientemente motivada" y resulta "congruente".

Últimas noticias sobre estos temas

Contenido patrocinado