MÉRIDA, 18 Abr. (EUROPA PRESS) -
La Consejería de Agricultura y Medio Ambiente establece mediante decreto publicado en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) de ayer martes, acompañado de la primera convocatoria, una línea de ayudas a las Comunidades de Regantes de Extremadura, destinada a la adquisición de elementos informáticos (hardware y periféricos) así como software de gestión del riego.
El objeto de las ayudas es la introducción de nuevas tecnologías en la gestión del riego con el fin de mejorar su eficiencia global y por tanto conseguir ahorrar agua y energía, así como lograr una mejor integración medioambiental de los regadíos.
Serán beneficiarios de esta ayuda, según informó la Junta, las Comunidades de Regantes titulares de regadíos, con superficie regable de al menos 100 hectáreas, situados en la Comunidad Autónoma de Extremadura y reconocidas por el Organismo de Cuenca, o aquellas que en el momento de presentar la solicitud para obtener la ayuda tengan iniciado el trámite preceptivo para su reconocimiento.
El plazo de presentación de solicitudes será de treinta días naturales contados a partir del siguiente al de publicación de la Orden de convocatoria en el DOE.
En concreto, pueden ser objeto de ayuda las inversiones que se realicen en hardware informático (unidades centrales de proceso dotadas con procesador, modem de conexión a Internet, disco duro, tarjetas gráficas y de sonido, unidades regrabadoras y reproductoras de DVD-Rom, puertos de conexión, monitores en color, teclados y ratón) y en periféricos (impresoras en blanco y negro o color de tipo láser o de inyección de tinta, escáner, plotters y fax).
También serán auxiliables programas de gestión en comunidades de regantes que dispongan de instalaciones informáticas de telecontrol en sus zonas regables, de modo que con los mismos puedan implementarse y poner a disposición de los regantes datos de las redes Redarex o Recarex en el seno de dichos programas.
Estos programas han de ser originales y específicos para las necesidades y características de la Comunidad de Regantes beneficiaria y no serán objeto de subvención programas de gestión genéricos o standard o procedentes de software libre que resulten gratuitos para el beneficiario.
Al tratarse de bienes inventariables, se fija un período de cinco años durante el cual el beneficiario deberá destinar los bienes al fin concreto para el que se concedió la subvención y mantenerlos en las instalaciones de la Comunidad de Regantes. No serán tenidas en cuenta solicitudes con presupuesto de inversión inferior a 1.000 euros.
La ayuda consistirá en una subvención de hasta el 80% del importe del presupuesto que apruebe la administración, debiendo computarse en este porcentaje todas las ayudas que las distintas Administraciones Públicas puedan conceder para las inversiones que comprende dicho presupuesto.
La ayuda máxima que puede otorgarse será de 10.000 euros por Comunidad de Regantes para la adquisición de hardware y periféricos y de 135.000 euros para los programas de gestión de zonas regables que dispongan de telecontrol.