El CGPJ nombra magistrados suplentes y jueces sustitutos para el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura

MÉRIDA/OVIENDO, 8 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha hecho público el acuerdo por el que se ha resuelto el concurso para la provisión de plazas de magistrados suplentes y jueces sustitutos en el año 2008/2009, en el ámbito de los Tribunales Superiores de Justicia de Extremadura y el resto de comunidades autónomas.

Según el acuerdo, recogido por Europa Press, para el alto tribunal asturiano se ha nombrado a un magistrado suplente y de juez sustituto en el año 2008/2009.

Este acuerdo de la Comisión Permanente del CGPJ, resuelve el concurso convocado por acuerdo del Pleno de 30 de enero de 2008, para provisión de plazas de magistrado suplente y de juez sustituto en el año 2008/2009, en el ámbito de los Tribunales Superiores de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, Aragón, Principado de Asturias, Illes Balears, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Cataluña, Comunitat Valenciana, Extremadura, Galicia, Madrid, La Región de Murcia, Comunidad Foral de Navarra, País Vasco y La Rioja.

Según establece el acuerdo, los magistrados suplentes con consideración y tratamiento de Magistrado Emérito, los Magistrados suplentes y los Jueces sustitutos nombrados, antes de tomar posesión, prestarán juramento o promesa . El plazo posesorio será de tres días contados a partir del juramento o promesa y, en todo caso, el de 20 días naturales.

Estarán dispensados del requisito del juramento o promesa quienes lo hubieran ya prestado por haber ocupado con anterioridad plaza de Magistrado suplente o de Juez sustituto (con o sin la consideración de Magistrado Emérito). En este caso deberán posesionarse del cargo en el plazo de veinte días naturales.

Se entenderá que renuncian al cargo quienes no compareciesen a prestar el juramento o promesa o a tomar posesión dentro de los plazos establecidos y sin haber alegado justa causa.

Los nombramientos de Magistrados suplentes con consideración y tratamiento de Magistrado Emérito, Magistrados suplentes y Jueces sustitutos tendrán efecto en el año 2008/2009, comprendido entre el 1 de septiembre de 2008 y el 31 de agosto de 2009, fecha en que cesarán.

Contra el Acuerdo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), y recurso potestativo de reposición ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial, en el plazo de un mes.