Condenadas una madre y su hija a quince meses de cárcel por un hurto en unos grandes almacenes de Cáceres

Publicado: lunes, 28 junio 2021 19:32

   CÁCERES, 28 Jun. (EUROPA PRESS) -

   El Juzgado de lo Penal número 1 de Cáceres ha condenado a dos mujeres, que son madre e hija, a quince meses de prisión como autoras criminalmente responsables de un delito de hurto en grado de tentativa, mientras que una tercera, por los mismos hechos, ha sido condenada a una pena nueve meses de cárcel.

   Asimismo, las tres procesadas indemnizarán, conjunta y solidariamente, como responsables civiles directas, a la entidad El Corte Inglés, SA con el importe de 429 euros.

   La sentencia, recogida por Europa Press, no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de diez días siguientes a su notificación.

   Se consideran hechos probados que, en torno a las 20,30 horas, del día 30 de abril de 2019, las acusadas se personaron en el centro de oportunidades de El Corte Inglés de la Avenida Héroes de Baler de Cáceres.

   Así, con el propósito de enriquecerse injustamente, se apoderaron de distintos artículos expuestos para su venta, en concreto, de cuatro polos y una sudadera de la marca Ralph Lauren y de dos pares de zapatillas, valorados en 429 euros.

   De estos efectos se apropiaron tras extraerlos de la tienda camuflados en un cochecito de bebé del que hacían uso para trasladar al hijo menor de una de las inculpadas, después de que tanto ésta como otra se las fuesen acercando, dentro del comercio, a la posición en que se encontraba la tercera encausada, quien se las componía para manipular las prendas desposeyéndolas de los dispositivos de activación de las alarmas para así burlar los correspondientes sensores sonoros instalados en la salida.

   Sin embargo, no lograron hacerse con un capazo y otros dos pares de zapatillas, valorados en 117 euros, con los que intentaba subrepticiamente abandonar el establecimiento, en este caso, sin hacer uso de ese carricoche, una de las acusadas, habida cuenta de la activación en esa oportunidad de la correspondiente alarma acústica que acabó por alertar al vigilante de seguridad, quien la apresó antes de que lo abandonase, recuperando de este modo los referidos artículos.

   La sentencia recoge que, a pesar de que dos de las condenadas estaban vinculadas parentalmente como madre e hija y, a su vez, la tercera era la excompañera sentimental del hermano de la primera y de que aquéllas habrían sido condenadas con anterioridad por los mismos hechos, "no ha quedado acreditado que las mismas se hubiesen concertado entre sí para perpetrar de forma regular y orquestada delitos contra el patrimonio como una suerte de modo de vida".

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