SANTIAGO DE COMPOSTELA, 2 Nov. (EUROPA PRESS) -
Los afectados por las inundaciones que se registraron en Galicia la semana pasada tienen abierto desde hoy el plazo para solicitar las ayudas previstas por la Xunta para reparar y paliar, en la medida de los posible, los daños sufridos, ya que el Diario Oficial de Galicia (DOG) publica la ampliación del decreto de medidas urgentes aprobado inicialmente para los daños por las riadas en la Costa da Morte entre el 2 y el 3 de octubre.
De esta forma, el DOG recoge las iniciativas adoptadas por el Gobierno en la reunión del Consello del pasado jueves, en la que se acordó extender la cobertura a todos aquellos municipios perjudicados por el temporal de hace diez días, así como la inclusión de los daños que supuso para las explotaciones marisqueras.
Al respecto, el bipartito consideró que las nuevas inundaciones que "devastaron" la comnuidad y la "magnitud de los hechos, obligan a la adopción de medidas y ayudas para reparar y paliar, en la medida de lo posible, los daños sufridos".
En consecuencia, a los siete departamentos que inicialmente se encargarían de tramitar las órdenes específicas de ayudas --Presidencia, Economía, Política Territorial, Innovación, Medio Rural, Medio Ambiente y Vivenda-- se suma la Consellería de Pesca.
Además, el decreto suprime la referencia a los días 2 y 3 y alude a las medidas urgentes para la reparación de los daños causados por las inundaciones acaecidas en el mes de octubre. De igual forma, recoge que los términos municipales y núcleos de población afectados a los que concretamente sean de aplicación, las ayudas se fijarán en los instrumentos de desarrollo del decreto.
DAÑOS A EXPLOTACIONES
Asimismo, incluye los daños para las explotaciones agrícolas, ganaderas o marisqueras y aclara que serán objeto de ayudas los daños que no fuesen cubiertas por las medidas que pudiesen adoptar otras administraciones o por cualquier fórmula de seguridad, pública o privada.
Por el resto, el decreto se mantiene como el inicial y las diferentes líneas tienen como objetivo cubrir perjuicios personales, daños causados en viviendas y material doméstico, reparación de infraestructuras y equipamientos privados dañados, problemas en explotaciones agrícolas y ganaderas, compensación por episodios en establecimientos comerciales y turísticas y ayudas a entidades locales.
Las ayudas se tramitan al amparo de órdenes específicas de diferentes departamentos autonómicos concretamente de los de Presidencia, Economía, Innovación, Medio Rural, Medio Ambiente, Pesca y Vivenda y, llegado el caso, se podrían realizar las "modificaciones de crédito que fueran necesarias" en los presupuestos de los departamentos afectados.
Las previstas por daños personales atenderán a las situaciones generadas por lesiones que causasen la hospitalización de heridos, para lo que se pagarán entre 60 y 103 euros por día para cubrir gastos de hospitalización. En el caso de fallecimiento e incapacidad absoluta permanente a causa de las consecuencias de las inundaciones, el importe será de 18.000 euros.
OTRAS COBERTURAS
Paralelamente, serán objeto de ayuda los daños causados en la vivienda que constituya la residencia permanente y habitual de sus moradores, en la parte no comprendida en las ayudas que pudiese aprobar otras administraciones públicas, de modo que se asumirá el 100% del valor de reparación o reposición del inmueble dañado.
Asimismo, serán objeto de reparación los daños causados en el resto de las viviendas, hasta alcanzar el 40% del valor de reparación o reposición del inmueble, así como los daños sufridos en el material doméstico de primera necesidad, el 100% o el 40% dependiendo de que fuese en vivienda habitual u ocasional.
También se establecerán ayudas para la reparación de los daños causados por las inundaciones en infraestructuras de titularidad privada, como caminos forestales y captaciones privadas; al igual que en las explotaciones agrícolas y ganaderas que no fuesen cubiertas por las medidas que pudiesen adoptar otras administraciones o por cualquier fórmula de seguro, pública o privada.
Otra línea de ayudas compensará los daños directos provocados en establecimientos comerciales, mercantiles, industriales o turísticos a consecuencia de las inundaciones. Finalmente, podrán ser objeto de subvención los daños en infraestructuras locales y los gastos extraordinarios de entidades locales en que incurriesen como consecuencia directa de las inundaciones.