Condenado a tres años y medio de cárcel un exempleado de CIG

Juicio en Vigo contra exempleado de la CIG
Foto: Europa Press
Actualizado: martes, 25 marzo 2014 20:29

Deberá devolver el dinero más intereses, y abonar multas que suman más de 2.500 euros

   VIGO, 25 Mar. (EUROPA PRESS) -

   La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, ha condenado a Juan Carlos F.R., exempleado de la secretaría de Finanzas de la CIG, a tres años y medio de prisión, como autor de un delito continuado de apropiación indebida y otro de falsedad en documento mercantil, según la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.

   El tribunal considera probado que, desde septiembre de 2007 hasta diciembre de 2010, el acusado realizó numerosas transferencias desde una cuenta del sindicato a otro de la que él era titular, con "intención de obtener un beneficio económico". En total, Juan Carlos se apropió de más de 134.875,91 euros.

   Asimismo, la Audiencia considera demostrado que, cuando su jefe le reclamó un extracto de esa cuenta porque le extrañaba el escaso saldo de la misma, el acusado le presentó un documento "que no había sido emitido por la entidad financiera" y cuyo contenido "no se correspondía con los movimientos de la cuenta bancaria durante ese período".

   En el juicio, Juan Carlos F.R. justificó su comportamiento alegando que retiraba ese dinero con conocimiento de sus superiores, con fin de "generar caja B" para realizar pagos a proveedores del sindicatos e incluso para pagar dietas a alguno de sus dirigentes.

ALEGACIÓN "DESVIRTUADA"

   Sin embargo, el tribunal considera que la alegación del acusado queda "desvirtuada" por la "falta de justificación documental" de esos pagos, así como por el hecho de que las transferencias se hicieran a una cuenta particular, sin que conste que esas cantidades fuesen respuestas a la CIG.

   Además, en la sentencia se recoge la presentación de un "extracto falso" para encubrir los movimientos que había hecho, constituye "un importante elemento incriminador".

   La Audiencia no ha admitido la aplicación de la agravante de abuso de confianza, por tanto que, al tratarse de un delito de apropiación indebida, esa circunstancia ya subyace en ese delito. Del mismo modo, ha rechazado aplicar la atenuante de dilaciones indebidas.

CONDENA

   Por estos hechos, la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a Juan Carlos F.R. a una pena de tres años de cárcel por el delito continuado de apropiación indebida, y a otra pena de 6 meses de prisión, por el de falsedad en documento mercantil.

   A esto se suman multas por valor de más de 2.500 euros, y el pago de una indemnización a la CIG de 134.875,91 euros más intereses. Contra esta sentencia cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.