DO sostiene que "ni Jácome ni el partido" se personaron en la causa contra el edil del BNG absuelto

El portavoz de Democracia Ourensana (DO), Miguel Caride, en rueda de prensa.
El portavoz de Democracia Ourensana (DO), Miguel Caride, en rueda de prensa. - EUROPA PRESS
Publicado: jueves, 1 agosto 2019 17:14

   El exedil del BNG fue denunciado en 2013 por el actual alcalde de la ciudad cuando estaba en la oposición

   OURENSE, 1 Ago. (EUROPA PRESS) -

   El portavoz de Democracia Ourensana (DO), Miguel Caride, ha respondido a la sentencia del Juzgado de lo Penal número 1 de Ourense que absuelve al exconcejal del BNG Andrés García Mata, una causa en la que "ni (Gonzalo) Pérez Jácome ni DO fueron parte".

   "El grupo municipal ni siquiera se personó en la causa", ha afirmado este jueves Caride, que sostiene que "tampoco presentó escrito acusatorio de ninguna clase" sino que "fue la opinión del Ministerio Fiscal la que dio lugar a la celebración del juicio".

   Así se ha pronunciado Miguel Caride después de dar cuenta de los acuerdos de la Junta de Gobierno Local. El caso se refiere a la adjudicación de las obras de acondicionamiento de espacios urbanos y renovación de servicios en la calle Bedoya y en la Plaza Paz Novoa de la ciudad de Ourense, que había sido denunciado por Jácome cuando estaba en la oposición.

   Asimismo, también ha incidido en que "no es una sentencia firme" y que ahora será la Fiscalía quien deba decidir si la recurrirá o no. En todo momento, Caride ha hecho hincapié en que la participación de DO fue "simplemente" dar traslado a los tribunales de "un escrito presentado por un funcionario del ayuntamiento a todos los grupos de la oposición".

   "En cumplimiento de lo que dispone la ley y ante la posibilidad de que las irregularidades que se referían en dicho escrito pudieran ser constitutivas de un delito se cumplió con la obligación de dar trasladado a la autoridad judicial", ha apuntado para a continuación añadir que "ahí terminó la intervención de DO" .

   En la sentencia del caso Bedoya, que tiene fecha del pasado miércoles y a la que ha tenido acceso Europa Press, la jueza María Blanca Díez Mediavilla, considera que "no ha quedado acreditado" que García Mata incurriese en un delito de prevaricación por recurrir al procedimiento de adjudicación mediante procedimiento negociado sin publicidad y urgente.

   "No quedó probado que el acusado tuviese conocimiento de que acudir a ese procedimiento contraviniese la normativa vigente", destaca la jueza en la sentencia, en la que resalta que el valor de cada uno de los contratos de adjudicación de las obras "no supera el millón de euros".

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