Fiscal mantiene penas a los acusados del robo del Códice pero dice que "cree" la versión de mujer e hijo

Actualizado: jueves, 5 febrero 2015 17:53

Recuerda al acusado que no hay "derecho al olvido" y que "no se puede declarar y después pretender olvidar lo declarado"

SANTIAGO DE COMPOSTELA, 5 Feb. (EUROPA PRESS) -

El fiscal del proceso por el robo del Códice Calixtino, Antonio Roma, ha decidido elevar a definitivas las conclusiones provisionales sobre las penas que pide para José Manuel Fernández Castiñeiras, su mujer y su hijo, aunque ha admitido que "cree" la versión de estos últimos sobre que pudieron no tener conocimiento de las actividades ilícitas del principal acusado.

En su discurso de conclusiones, el fiscal ha visto probado que Castiñeiras cometió los delitos de robo con fuerza por la sustracción del Códice Calixtino y de otros objetos y dinero de la Catedral, otro contra la intimidad y otro de blanqueo de capitales. Por ello, pide para él una pena de 15 años de prisión.

Para su mujer e hijo, por su parte, mantiene las penas por blanqueo de capitales o receptación, aunque afirma que "cree" su versión y apunta que su grado de participación "lo deberá determinar la sala".

En una intervención en la que ha sido especialmente duro con Fernández Castiñeiras, el fiscal ha tenido en cuenta las grabaciones del despacho del administrador, un espacio que "no es abierto al público" y al que el acusado "no tenía acceso autorizado".

Frente a las críticas de la defensa, Antonio Roma ha defendido estas pruebas, que abarcan 45 grabaciones, y ha sostenido que "se han dado todos los requisitos que se exigen constitucionalmente" para incorporarlas a la causa.

REGISTROS

Del mismo modo, cree correcto el primer registro domiciliario, en la vivienda de O Milladoiro y que la defensa cree viciado de nulidad. El fiscal ha recordado que este registro está motivado por un "auto judicial" del que "nadie" ha "suscitado su nulidad". De hecho, considera que "concurre la proporcionalidad" en esta actuación y que los requisitos legales han sido "innegablemente respetados".

Este registro, del que deriva un segundo auto, da lugar a "hallazgos casuales" de "muchísima documentación de la Catedral", facsímiles del Códice y una elevada cantidad de dinero. Sobre la actitud de Castiñeiras, el fiscal ha mencionado una fotografía incluida en el sumario en la que pueden verse varios tomos de una enciclopedia legal y un código penal entre facsímiles del Calixtino.

El resto de los registros, ha defendido el Fiscal, son "distintos" y obedecen a "diligencias policiales", por lo que los requisitos son los adecuados y "carecen de ninguna afectación al ámbito constitucional. "La fotografía que podemos ver nos deja ver un trastero que no reúne cualquier condición de algo que sea habitable", ha explicado sobre el lugar en el que fue localizado el manuscrito para apuntar que "no concurre ningún elemento propio a la intimidad".

TEORÍA DEL ÁRBOL ENVENENADO

Sobre la "teoría del árbol envenenado" esgrimida por la defensa, según la cual todo el procedimiento es nulo por partir de elementos que vulneran derechos fundamentales, Roma ha rechazado caer en un "ejercicio simplista" y ha recordado que existen un "conjunto de circunstancias previas" que derivan en la detención de los acusados.

De hecho, el fiscal apunta que, para tener en cuenta esta posibilidad, el "vínculo causal tiene que ser expreso", algo que cree que no ocurre en este caso, donde "existe un elemento probatorio" original que "era conocido con anterioridad".

Aunque la Fiscalía reconoce la importancia de la discusión que puede oírse en la sonorización del piso, considera que no fue determinante en el caso y que "ningún elemento deriva de estas conversaciones. "Desde que se produce esta conversación, el 10 de junio, hasta el registro pasa casi un mes, si tan directo era, el registro podía haber saltado antes", ha indicado.

SIN "DERECHO AL OLVIDO"

Finalmente, el Fiscal ha señalado que la confesión ante el juez instructor del principal acusado es una "prueba ineludible", tanto por sus "expresiones espontáneas" que apuntan culpabilidad como por la "ocultación" del destino del Códice.

"Todos estos elementos son a valorar como prueba de cargo, por lo que desvirtúan la presunción de inocencia", ha indicado el Fiscal, quien ha recordado que el Tribunal de Derechos Humanos sostiene que "no existe un derecho al olvido". "No se puede declarar y después pretender olvidar lo declarado" ha sentenciado Roma, para quien los indicios incriminatorios "exigen por lo menos una explicación".

DELITOS

Para el Ministerio Fiscal, la adquisición en 2008 de una vivienda en A Lanzada con dinero en metálico es una prueba de cargo para la acusación de blanqueo de capitales. Este punto incumbe también a mujer e hijo del exelectricista, cuya participación "deberá determinar la sala", aunque Antonio Roma ha propuesto una alternativa de "receptación" para ellos.

El fiscal ha recordado que la jurisprudencia sobre la materia, con respecto a las personas que "no son profesionales en la intermediación financiera" es "restrictiva", para "beneficio de mujer e hijo".

"La participación de la mujer y del hijo es lo menos importante de lo que tenemos encima de la mesa", ha sostenido el fiscal, que ha afirmado "creer" lo que han dicho estos dos acusados, que han sostenido que desconocían lo que Castiñeiras guardaba en su despacho.

De hecho, Roma ha calificado a Remedios como "una mujer trabajadora" y ha sostenido que a Jesús, el hijo, le "honra" el haber admitido que "tenía miedo de pedir nada de dinero a sus padres". Sin embargo, la pena solicitada se mantiene debido a que es "ilógico" que no conociesen la "real situación profesional" del principal acusado, que disponía de ese dinero en metálico a pesar de que había dejado de trabajar y no tenía "ingresos aparentes".

DELITO CONTRA LA INTIMIDAD

Para Castiñeiras, el fiscal incide también en un delito contra la intimidad, por los elementos privados que se llevó del despacho del deán y del administrador, y ha recordado que este delito "se consuma aunque no se conozcan finalmente los secretos" de estos documentos. Roma ha hecho especial hincapié en el hecho de que Fernández Castiñeiras acumulase información de tipo económico, como nóminas de otros trabajadores o planes de trabajo.

El Ministerio Fiscal también considera probado el delito con fuerza continuado, tras acreditar distintos testimonios que para acceder a documentos y objetos era necesario pasar por un "espacio inevitablemente cerrado".

A pesar de "compartir" la crítica de la sala sobre el hecho de que la Catedral no denunció la falta de dinero y, lo que es más grave, "no cambió las llaves", Roma ha recordado que los delitos de robo "siempre se consuman porque las medidas no son suficientes".

PERICIALES

En sus conclusiones, el fiscal ha tenido una referencia para el informe pericial encargado por la defensa acerca del patrimonio del acusado, derivado del ahorro y la inversión, un documento que "puede valer como divertimento, pero que carece de utilidad".

Entre el "cúmulo de indicios" sobre los que el acusado "no dice nada", el fiscal ha mencionado la presencia en el hogar de divisa extranjera, incluso monedas tailandesas, que "no tiene sentido" que provenga de su trabajo.

También rechaza la Fiscalía el grueso del informe psicológico aportado por la defensa, al tiempo que critica que el acusado haya rechazado someterse a un estudio del Imelga que podría ser informe de imputabilidad.

Antonio Roma ha descrito al principal acusado como una persona que "va más allá de lo impulsivo" y que "disfruta en la intimidad contando el dinero", sin "que le importe un bledo tener a su mujer trabajando" para aportar dinero a la unidad familiar.

El fiscal considera que la conducta del exelectricista se acerca a la "premedicación". "No pierde la razón, lo que ha perdido es cualquier estímulo ético que, desde mi punto de vista, merezca la compasión", ha detallado Fiscalía, para quien el robo del Códice "trasciende" de esta actitud.