Hostelería y pubs podrán pasar el puente sin certificado covid, pero habrá cierres el martes si no hay aval del TSXG

Carteles en diferentes idiomas de indicaciones de obligatoriedad de presentar certificados antes de acceder al interior, en una marisquería de la Rua do Franco, en Santiago.
Carteles en diferentes idiomas de indicaciones de obligatoriedad de presentar certificados antes de acceder al interior, en una marisquería de la Rua do Franco, en Santiago. - César Arxina - Europa Press
Actualizado: viernes, 13 agosto 2021 23:27

 Fiscalía ve precisa autorización judicial para la medida, pero apoya que se dé y justifica pedir el pase covid como "alternativa menos gravosa"

SANTIAGO DE COMPOSTELA, 13 (EUROPA PRESS)

El Gobierno gallego ha ratificado en el Diario Oficial de Galicia (DOG) que la hostelería y el ocio nocturno estarán exentos por el momento de pedir el certificado covid después de que el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) decretase que no tiene vigencia al no haber sido solicitada autorización judicial previa.

En todo caso, el DOG bis publicado a última hora de este viernes también recoge un plan 'b' a través de una orden de medidas específicas que, si no hay antes una autorización del TSXG --que la Fiscalía ve "procedente" que se dé--, el martes se activará un ajuste de aforos e incluso el cierre de establecimientos en los municipios con un nivel más elevado de incidencia del virus.

Estas medidas "alternativas" que la Xunta impulsa para tratar de seguir controlando la transmisión suponen que se ajustaría el aforo en el interior de la hostelería del nivel máximo (la última directriz de la Xunta es que solo O Grove quedaría en este nivel), pasando del 30 por ciento con certificado a su cierre.

En el caso del nivel alto (en el que permanecen todas las ciudades menos Santiago y Ourense), la hostelería pasaría de un aforo del 50% con certificado a 30% sin certificado.

En el caso del ocio nocturno, el aforo dentro de los locales en los niveles medio y medio bajo (en los dos de más incidencia del virus los interiores de los pubs están cerrados) se modificarían del 50% con certificado al 30% sin certificado.

El Gobierno gallego ha explicado que, "buscando no causar un mal mayor ni al sector, ni sobre todo a la población, que conocía y manejaba unas normas que ahora van a cambiar", se establece "un tiempo razonable" para su correcta difusión y conocimiento, que lleva a fijar la entrada en vigor de las nuevas normas a las 00,00 horas del martes, en el caso de que el TSXG no ratificase el lunes las medidas remitidas este viernes.

Hasta ahora, el Ejecutivo autonómico exigía una prueba diagnóstica negativa reciente o el certificado de vacunación o de haber pasado la enfermedad para poder acceder al interior de los locales de hostelería en los niveles más altos de incidencia; y para los niveles medio y bajo en el caso del ocio nocturno.

AVAL DE FISCALÍA

Por su parte, en su escrito, la Fiscalía Superior de Galicia entiende que es necesaria la autorización judicial para la orden del 13 de agosto que ha remitido la Xunta al TSXG porque "puede afectar a derechos fundamentales" como el derecho a la intimidad personal, dado que implica la necesidad de mostrar datos relacionados con la salud "considerados de carácter sensible".

También se refiere al principio de no discriminación porque establece "un trato diferenciado" para el acceso a tales locales, basado en la posesión o no de dicho certificado.

En todo caso, considera que la afección de los derechos "no es de gran entidad" y apoya su carácter proporcional y adecuado a la situación epidemiológica actual, además de subrayar que no puede considerarse "discriminatorio" el hecho de poder acceder a un local por tener el documento en cuestión.

"Sería en el mejor de los casos un trato diferenciado no basado en circunstancias especialmente prohibidas (sexo, raza, religión), por lo que no cabría un canon estricto de admisibilidad", añade.

LA ALTERNATIVA "MENOS GRAVOSA ENTRE LAS POSIBLES"

"Requerir la inmunidad relativa mediante la presentación del certificado de vacunación, o de la correspondiente prueba negativa o de haber superado la enfermedad, referido todo ello a este ámbito específico y determinado de locales de ocio y hostelería, estaría especialmente justificado en la protección tanto de los trabajadores como de los clientes de los locales (...) Las restricciones previstas en la norma de la Consellería de Sanidade para los no inmunizados serían la alternativa menos gravosa entre las posibles", esgrime.

Finalmente, al margen de enfatizar que estas medidas se plantean de forma limitada desde una perspectiva espacial y temporal, el escrito concluye el objetivo último es proteger la salud colectiva y los derechos de los demás, "entre los que se incluye a quienes no fueron aún vacunados y, por tanto, son más susceptibles al contagio en el espacio de sociabilidad" propio de estos establecimientos.