La jueza absuelve por falta de pruebas al bombero del Val Miñor acusado de coacciones y amenazas a varios compañeros

Apunta que el hombre contribuía al ambiente laboral "hostil", pero que la Mancomunidad "no hizo absolutamente nada"

Archivo - El hombre acusado y que ha sido absuelto por falta de pruebas.
Archivo - El hombre acusado y que ha sido absuelto por falta de pruebas. - EUROPA PRESS - Archivo
Europa Press Galicia
Publicado: viernes, 8 mayo 2026 15:17

VIGO, 8 May. (EUROPA PRESS) -

La jueza de la plaza 1 de la sección Penal del tribunal de Instancia de Vigo ha dictado sentencia en la que absuelve al miembro del GES del Val Miñor acusado de los delitos de coacciones y lesiones psíquicas a varios de sus compañeros, al entender que dichos delitos no han quedado suficientemente acreditados.

En su resolución, la magistrada expone que lo que sí está probado es la existencia de desavenencias de carácter laboral entre dos grupos de trabajadores del GES, unas diferencias que ya venían desde 2018, y que se originó una "situación de tensión" que la Mancomunidad de Municipios del Val Miñor, responsable del servicio, "no resolvió".

En todo caso, apunta que no consta que el acusado, un bombero, realizase de forma continuada y con ánimo de impedir el trabajo de sus compañeros, comportamientos de tipo violento u hostil, ni conductas ilícitas con la finalidad de atentar contra la integridad de sus compañeros.

Tampoco ve probado que los humillase o amenazase, y señala que tampoco los testigos, más allá de los propios denunciantes, han corroborado esas conductas.

"CONTRIBUÍA AL AMBIENTE HOSTIL"

Por todo ello, la jueza concluye que está acreditado que "el ambiente laboral era tenso y hostil", y que el acusado "contribuía a ello", pero no lo hacía "en exclusiva". "Y todo ello mientras la Mancomunidad no hacía absolutamente nada, pese a que por todos los trabajadores, también el acusado, se le reclamaba una intervención directa e inmediata", señala en la sentencia.

"Así las cosas, nos encontramos con que no hay prueba suficiente y contundente para acreditar que el acusado cometió los delitos de que se le acusan, aun cuando los modos y maneras en que el acusado personalmente mostraba sus discrepancias con sus compañeros y sus superiores fomentaban la tensión y situación conflictiva, existiendo algún insulto o amenaza puntual que podrían ser constitutivos de delitos leves y a fecha de la denuncia estarían prescritos", indica la jueza.

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