Taxi como transporte escolar y servicio compartido "legalizado": novedades en la regulación gallega del sector

XUNTA DE GALICIA
Actualizado: jueves, 13 septiembre 2018 17:49

   Los vehículos VTC tendrán que llevar un dispositivo visible que identifique su actividad

   SANTIAGO DE COMPOSTELA, 13 Sep. (EUROPA PRESS) -

   El Gobierno gallego ha dado luz verde al primer reglamento del taxi en la comunidad, debatido con profesionales del sector y consumidores, que abre la posibilidad de autorizar a los taxis a ofrecer a los usuarios servicios compartidos. Así, de forma excepcional, también permitirá que un taxi pueda ejercer como transporte escolar en el rural, en casos en los que así lo aconseje un reducido número de escolares.

   De ello ha informado el presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo, en la rueda de prensa posterior a la reunión semanal de su Ejecutivo, en la que ha incidido en que el uso del servicio compartido hasta ahora no estaba "expresamente regulado", lo que podía ocasionar problemas. Ahora se "legaliza" esta modalidad, que contribuirá a "abaratar" los costes.

   En concreto, el reglamento incluye la habilitación a los ayuntamientos para que autoricen estos servicios mediante el pago por plaza a través de las ordenanzas municipales, y dirigidos "a zonas de baja densidad de población", débil tráfico o sin las adaptaciones necesarias en materia de accesibilidad.

   La Xunta incide en que este tipo de servicios con cobro por plaza deberán ser "más económicos" para los usuarios. Además, en estas condiciones, de forma excepcional, los taxis podrán realizar servicios de transporte regular de uso general o de transporte regular de uso especial.

   Por ejemplo, en determinadas zonas del rural con dificultades para el transporte escolar por el bajo número de usuarios, ahora la Xunta podrá "contratar a un taxi que lleve a dos o tres alumnos al colegio", lo que se traducirá --ha defendido el presidente-- en "un buen planteamiento para los padres y para el taxista".

VEHÍCULOS VTC

   En relación con los vehículos de turismo con conductor, los llamados VTC el decreto regula, ha subrayado Feijóo, los únicos aspectos sobre los que tiene competencias la comunidad. De este modo, los autos que realicen este servicio deberán llevar en un lugar visible un dispositivo que así lo indique.

   En todo caso, el presidente gallego ha insistido en que la Xunta sigue demandando que el Gobierno central "establezca un marco regulatorio claro" que "haga posible cumplir la ratio legalmente prevista de una licencia VTC por cada 30 de taxi" y que en Galicia --ha dicho-- tampoco se cumple.

SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA

   El reglamento ofrece, asimismo, una "simplificación administrativa" y "una mayor seguridad jurídica" a los profesionales del taxi, respondiendo así a una reivindicación de un sector en el que intervienen tanto la Xunta como los ayuntamientos.

   Así, el decreto "refuerza la vinculación y coordinación" entre los títulos administrativos habilitantes para la prestación de servicios de taxi, la licencia municipal para servicios dentro del término municipal y la autorización autonómica para servicios interurbanos.

   De esta forma, el beneficiario hará una única solicitud ante una plataforma electrónica, ante el ayuntamiento, que produce automáticamente el inicio del expediente municipal y del autonómico, y deberán concluir en la emisión de las dos resoluciones, garantizando la coherencia entre ellas.

   Del mismo modo, desarrolla la creación de las áreas territoriales de prestación conjunta, ámbitos definidos por dos o más ayuntamientos limítrofes, entre los que se produzca influencia recíproca entre los servicios de taxi.

   El área asumiría las competencias que correspondían a los ayuntamientos que la integren y los taxis podrán hacer sus servicios en el conjunto de su territorio.

NÚMERO DE LICENCIAS

   Feijóo ha informado, del mismo modo, que el decreto desarrolla la Ley del taxi, por lo que el número máximo de licencias por ayuntamiento estará fijado en función de su población, aunque será posible modificar esa cuota en virtud de "circunstancias concretas" de un municipio.

   Para hacerlo, el municipio deberá elaborar un estudio que justifique técnicamente la necesidad de licencias y remitirlo a la Dirección Xeral de Mobilidade, que emitirá el informe correspondiente.

DERECHOS DE LOS USUARIOS

   El reglamento completa el catálogo de derechos de los usuarios, tales como obtener ayuda tanto para subir y bajar del vehículo como para cargar y descargar equipajes; y el transporte de sus equipajes o pertenencias, pudiendo portar gratuitamente en el maletero del vehículo un bulto por usuario, con la limitación de la capacidad de dicho maletero.

   Los usuarios podrán también decidir sobre el funcionamiento del aire acondicionado o la calefacción en un vehículo y sobre el volumen de la radio, así como que se facilite el cambio de moneda hasta el importe de 50 euros.

CARACTERÍSTICAS DE LOS VEHÍCULOS

   En el apartado de novedades y características de los vehículos, los coches de más de siete plazas (ocho y nueve) incluido el conductor, deberán disponer de una plaza adaptada para el transporte de personas en silla de ruedas.

   Estos coches deberán tener un mínimo de cuatro puertas y 330 litros de capacidad de maletero, además de estar dotados de dispositivos de calefacción y aire acondicionado.

   En cuanto a la antigüedad, no podrán superar los 12 años en ayuntamientos de hasta 20.000 habitantes o en el caso de taxis adaptados, y diez en los municipios que superen esa población.

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