El TSXG confirma las penas de cárcel a la organización de Carlos Silla por las 3,2 toneladas de cocaína del Benirrás

Europa Press Galicia
Publicado: martes, 21 octubre 2025 17:22

   SANTIAGO DE COMPOSTELA, 21 Oct. (EUROPA PRESS) -

   La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la sentencia de la sección segunda de la Audiencia Provincial de Pontevedra que condena a la organización de Carlos Silla por el alijo de 3,2 toneladas de cocaína del velero 'Benirrás' que llegó a la ría de Arousa en tres planeadoras en marzo del año 2020, en pleno confinamiento por la pandemia de la Covid-19.

   En la sentencia, la Audiencia Provincial condenó a 15 años de prisión a Carlos Silla, al considerarlo jefe de una organización dedicada al tráfico de drogas y, ahora, lo ratifica.

    Asimismo, el alto tribunal gallego ha ratificado las penas de 10 años y seis meses de cárcel para cuatro de los acusados; seis años y tres meses para dos de los acusados, entre ellos Antolín Fernández Pajuelo,; y para otro de los procesados tres años y cuatro meses de prisión.

    También, confirma las multas a las que fueron condenados los investigados, que oscilan entre los 600 y los 90 millones de euros a cada uno, a excepción de la impuesta al líder de la organización.

   En este caso, el TSXG estimó el recurso de apelación presentado por la defensa de Carlos Silla y rebaja la multa de 720 a 360 millones de euros.

   La Sala considera acreditado, al igual que la Audiencia Provincial, que, durante el confinamiento, de madrugada, los investigados transfirieron la cocaína que llevaban en un velero a dos planeadoras "para asegurarse la introducción de la cocaína en tierra". Sin embargo, fueron interceptados por agentes policiales.

   Durante la operación, bautizada como 'Lince' y que se desencadenó en la madrugada del 27 de marzo de 2020, los agentes de incautaron de un cargamento de 3.200 kilogramos de cocaína, valorado en 127.154.358 euros.

   La Sala entiende probado que los hechos descritos van más allá de "un acuerdo coyuntural", por lo que concluye que los condenados combinaron "voluntades" con el objetivo de "dedicarse una y otra vez" al tráfico de drogas. La sentencia no es firme, ya que se puede recurrir ante el Tribunal Supremo.

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