SANTIAGO DE COMPOSTELA 21 Sep. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) estableció que los días de la baja por lactancia se multipliquen en función del número de hijos en el parto, de manera que una madre de gemelos optará a dos meses de baja por lactancia en lugar de a una reducción de su horario laboral.
Este fallo ratificó un recurso contencioso-administrativo impuesto por una enfermera del Complejo Hospitalario de Pontevedra (CHOP) que dio a luz gemelos, y desestimó el recurso de apelación interpuesto por el Servizo Galego de Saúde (Sergas), que se "oponía a la reagrupación de la jornada solicitada por la enfermera".
Este caso, defendido por el Colegio Oficial de Enfermería de Pontevedra, sienta jurisprudencia para todo el personal estatuario del Sergas que, a partir de ahora, podrá optar entre la reducción de la jornada laboral por lactante o el disfrute de los meses que le corresponden en función del número de hijos.
Los hechos se remiten a 2005 cuando la enfermera A.G.S. inició un proceso contencioso-administrativo contra una resolución de la Gerencia del CHOP, que no reconocía el derecho a la acumulación de la jornada.
Por ello, la gerencia deberá modificar su postura inicial, aunque no tendrá que compensar a la enfermera por la horas que realizó ateniéndose a que desde el mes de diciembre de 2005 había disfrutado de días libres a cuenta de la hora maternal.