La Xunta rebaja a 6 meses la valoración de dependientes y los herederos de fallecidos podrán reclamar sus derechos

Apuesta por "priorizar" el diagnóstico a la fecha de solicitud, de acuerdo al cronograma que fija la Ley de Dependencia

Europa Press Galicia
Actualizado: jueves, 23 julio 2009 22:28

SANTIAGO DE COMPOSTELA, 23 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Xunta rebajará de un año a seis meses el tiempo de valoración de los dependientes y los herederos de los fallecidos durante el proceso de evaluación podrán reclamar el derecho a la atención que les otorga la Ley de Dependencia. Para ello, será necesario que haya resolución de grado y nivel de dependencia y "acreditar" las condiciones del nuevo decreto que va a elaborar la Consellería de Traballo e Benestar.

Así lo confirmó hoy el presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo en la rueda de prensa posterior al Consello de la Xunta, donde explicó, además, que este decreto va a "priorizar" el diagnóstico y no la fecha de solicitud a la hora de pagar las ayudas, de acuerdo al "cronograma" que fija la Ley de Dependencia.

"Hay que pagar antes a quien más lo necesita", sentenció el jefe del Ejecutivo autonómico en la rueda de prensa posterior al Consello de la Xunta y explicó que el objetivo de este decreto es "agilizar" la tramitación y avanzar en la "prevención" de la situación de dependencia.

Para alcanzar este fin, borrador de Benestar propone un procedimiento "más ágil" que evite la "excesiva burocratización actual". Así, abre la posibilidad al uso de nuevas tecnologías y medios telemáticos que "garanticen" una mejora "continua" en la tramitación.

En cuanto al proceso de valoración, el Gobierno gallego "estudiará" la puesta en marcha de convenios con otras administraciones públicas para que otros profesionales de la rama sanitaria puedan valorar a los interesados, siempre aplicando los baremos de dependencia establecidos.

Según informó el Ejecutivo autonómico, esta posibilidad se estudiará en el seno de la comisión sociosanitaria de la Xunta, que ya está constituida.

PAPEL DE LOS AYUNTAMIENTOS

El nuevo decreto identifica a los ayuntamientos como "principal puerta de entrada" de los servicios sociales así como "los primeros" a los que acuden los ciudadanos para solicitar su prestación.

Por lo que respecta al catálogo de servicios, se incluye un programa para su asignación en los supuestos de que no exista disponibilidad en la modalidad de servicio elegido por el usuario. Así, se resuelve que el servicio debe dar se en un plazo máximo de tres meses posteriores a la resolución del Programa Individual de Atención (PIA).

En el caso de no estar disponible el recurso seleccionado en ese período, se podrá solicitar una modificación de su PIA para obtener una prestación económica.

Por último, se regula el régimen transitorio de alguno de los programas de servicios sociales existentes con anterioridad a los integrados en la Ley de Dependencia, como por ejemplo el cheque asistencial.

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