Multa de 2.100 euros para un mariscador que fue detenido en Bergondo con 227 kilos de erizo extraído ilegalmente

Europa Press Galicia
Publicado: miércoles, 12 noviembre 2025 11:08

A CORUÑA 12 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Penal 3 de A Coruña ha condenado al pago de una multa de 2.100 euros a un hombre que fue interceptado en Bergondo con 227 kilos de erizo, que había sido extraído ilegalmente en la playa de O Pedrido, sin que el acusado, de 35 años de edad, contase con autorización (PERMEX).

El magistrado considera probado que, en la tarde del 26 de abril de 2023, el procesado estaba con un vehículo tipo 'pick-up' en la playa de O Pedrido. Cuando una planeadora se acercó a la costa, el hombre movió el coche hacia una rampa y, rápidamente, con la ayuda de al menos otra persona que no fue identificada, descargó varios capachos en su maletero.

Esta operación fue observada por agentes del SEPRONA de la Guardia Civil, que lo interceptaron poco después. En el interior del vehículo llevaba un total de 227 kilos de erizo de mar, con un valor en el mercado de más de 2.500 euros, y los agentes constataron que el hombre identificado, aunque es armador de una pequeña embarcación dedicada a la explotación de nasa, nécora y camarón, no tenía licencia para la extracción de erizo.

En el juicio, el acusado aseguró que él no había extraído los erizos, sino que lo habían hecho unos amigos que sí tenían permiso (y que no quiso identificar). Según su versión, él solamente se limitaba a transportarlos, aunque en el momento de ser interceptado tampoco quiso desvelar el destino de la mercancía.

El juez lo ha considerado autor de un delito de marisqueo ilegal y ha señalado en su sentencia que la actividad ilícita de este hombre, que ya tenía abiertos expedientes sancionadores previos, supone "esquilmar los recursos marisqueros", además de los riesgos que implica para la salud pública no poder garantizar una correcta trazabilidad del producto.

Además de la pena de multa, de 2.100 euros, el magistrado le ha impuesto la inhabilitación especial para la actividad de marisqueo durante 3 años, y el mismo tiempo de prohibición de porte o tenencia de armas. La sentencia no es firme, y puede ser recurrida ante la Audiencia de A Coruña.

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