150.000 euros para fomentar empleo en cooperativas y sociedades

Actualizado: lunes, 4 mayo 2015 12:35

PALMA DE MALLORCA, 3 May. (EUROPA PRESS) -

   La Conselleria de Economía y Competitividad ha convocado ayudas por importe de 150.000 euros para fomentar el empleo y la mejora de la competitividad en cooperativas y sociedades laborales, mediante la incorporación de socios trabajadores o de trabajo, y para acciones de difusión de la economía social.

   La directora general de Comercio y Empresa, Lourdes Cardona, asegura que "tanto la figura de cooperativa como de sociedad laboral es poco conocida en el sector empresarial" y añade que desde el Govern "queremos darla a conocer, ya que en los últimos años se ha demostrado que es una figura mercantil que genera muchos puestos de trabajo, y en los momentos de crisis estos puestos de trabajo se han mantenido".

   El plazo para presentar las solicitudes es del 4 al 20 de mayo de 2015 ambos inclusive.

   Para poder acceder a las ayudas, las entidades de economía social deben estar constituidas y tener el centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Baleares, y los socios o trabajadores socios que se incorporen deben residir en las Islas y ser personas desempleadas o trabajadores vinculados a la empresa con contrato de trabajo de carácter temporal.

   Así también, la incorporación debe implicar el mantenimiento o un incremento del empleo respecto de la media de los doce meses anteriores a la fecha de incorporación de los nuevos socios por los que se percibe la ayuda.

   Las personas que se incorporen como socios trabajadores deberán estar inscritas en el SOIB con carácter previo al comienzo de la actividad o, en su caso, deben ser trabajadores vinculados a la empresa por un contrato de trabajo de carácter temporal no superior a 24 meses, con una vigencia mínima de seis meses en la fecha de incorporación como socio.

   Una tercera opción para acceder a las ayudas es la incorporación como socio trabajador de personas desempleadas a quienes se haya reconocido el abono de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único.

   Se pueden subvencionar también la creación de nuevas cooperativas y sociedades laborales.

   En este caso, los socios fundadores deben estar inscritos en el SOIB con carácter previo a la constitución de la misma, deben ser personas desempleadas a quienes se haya reconocido el abono de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único y el socio fundador debe darse de alta en el régimen correspondiente de la seguridad social antes de la solicitud.

   Los criterios para determinar la prelación en el otorgamiento de las ayudas tendrán en cuenta el empleo generado, el porcentaje de mujeres que se incorporan y el de personas mayores de 45 años, la incidencia en la creación y mantenimiento del empleo en las Islas Baleares y la experiencia o trayectoria desarrollada por las cooperativas.

   La cuantía de las ayudas para la incorporación de socios o trabajadores socios de trabajo en una cooperativa o una sociedad laboral es de 4.000 euros en la mayoría de los casos.

   Cuando la persona que se incorpore sea una mujer o persona de más de 45 años la ayuda es de 7.000 euros.

   En el caso de personas con discapacidad la cuantía será de 8.000 euros.

   Para los socios fundadores de cooperativas y sociedades laborales en el caso de nueva creación, y que se incorporen a jornada completa, la cuantía de la ayuda es de 2.000 euros por socio, con un máximo de 10.000 euros por cooperativa o sociedad laboral.

   En todos los casos, las subvenciones también se pueden conceder cuando el socio trabajador o de trabajo se incorpore a tiempo parcial, en un importe proporcional a la duración de la jornada.

   Los beneficiarios deberán mantener a la persona o personas incorporadas como socio trabajador o de trabajo al menos durante tres años.

   En caso de que sea baja, deberá sustituir a otra persona por el período que falte hasta completar los tres años.

   Si la ayuda se ha concedido para la incorporación de una persona que pertenece a un colectivo determinado, la sustitución se deberá hacer por otra persona que pertenezca a alguno de los colectivos que puedan ser beneficiarios de estas subvenciones por un importe igual o superior al de quien ha sido baja.

   La segunda línea de ayudas, con un importe de 30.000 euros, es para la difusión de la economía social.

   Pueden optar a ellas las federaciones y asociaciones de cooperativas y sociedades laborales de las Islas, que formen parte de las organizaciones representativas de su sector a escala nacional.

   En este caso, se puede subvencionar hasta el 75% del coste de la acción de difusión, con un máximo de 15.000 euros por federación o asociación.

   El plazo para presentar las solicitudes es desde el 4 de mayo de 2015 hasta el 20 de mayo de 2015 ambos inclusive.

   El plazo para iniciar y llevar a cabo la incorporación de socios trabajadores va desde el 3 de julio de 2014 hasta el 20 de mayo de 2015.

   Las acciones subvencionables de difusión de la economía social deben llevarse a cabo entre el 3 de julio de 2014 y el 10 de octubre de 2015.