Condenan a la pareja del copiloto del accidente de Spanair por incumplir con el reparto de indemnizaciones

Actualizado: miércoles, 23 noviembre 2016 15:17

Eludió pagar a los padres del fallecido un total de 60.556 euros aduciendo que tenía que pagar un impuesto a Hacienda

PALMA DE MALLORCA, 23 Nov. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Salamanca ha confirmado la condena que le fue impuesta a la que fuera pareja del copiloto mallorquín que, junto a otras 153 personas, perdió la vida en el accidente del vuelo JK5022 de Spanair el 20 de agosto de 2008, al incumplir un acuerdo que tras el siniestro alcanzó con los padres del fallecido para repartirse ambas partes las indemnizaciones que percibieran tras el suceso.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, desestima así el recurso de apelación interpuesto por la demandada, Estrella Toral, contra la resolución judicial, que le insta a abonar a los progenitores de Francisco Javier Mulet un total de 60.556 euros más intereses, la cantidad que ella eludió pagarles aduciendo que tenía que pagar un impuesto a Hacienda derivado de la indemnización de 140.794 euros que cobró tras el accidente.

Al igual que ya lo hiciera el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Salamanca el pasado mes de abril, el tribunal de la Sección Primera considera acreditado que ambas partes acordaron el reparto mutuo de las cantidades económicas que obtuviesen. Sin embargo, llegado el momento, la pareja del copiloto "incumplió burdamente" el pacto al transferirles "menos de lo acordado", tal y como exponía en su demanda el abogado palmesano Antonio Martínez, del Bufete Coca.

Recogiendo lo contenido en el escrito de los padres, la sentencia ahora confirmada señala que Toral ingresó a cada uno 28.376 euros pero no lo correspondiente "al impuesto que había indicado, haciendo suyo el total que preveía para el tributo: 60.556 euros".

Por su parte, la demandada alegaba en su recurso un error en la apreciación de las pruebas y rebatía que existiese un pacto verbal previo para el reparto mutuo de todas las indemnizaciones y cantidades que recibieran. De hecho, aseveraba que no constituía "nada más que una promesa de donación que carece de efectos jurídicos".

La Audiencia responde tajante a sus argumentos y afirma, en base a uno de los documentos aportados por los padres del fallecido junto a la demanda, que efectivamente se produjo "un propio y verdadero" pacto verbal entre las partes. "Literalmente -señala la Sala-, se reconoce en dicho documento el reparto por mitad de esos seguros e indemnizaciones, que ya ha sido cumplido por los ahora demandantes" al haber entregado más de 200.000 euros a la demandada.

Tal y como aseveraba el letrado de los demandantes, "lo vergonzoso es que mintió", en referencia a Toral, puesto que "fingió que había tenido que pagar un impuesto a Hacienda, por lo que el pago o reparto que debía hacerles era menor que la suma esperada según el porcentaje pactado".

(HABRÁ AMPLIACIÓN)