La implantación de los proyectos TIL tendrá que ser con recursos propios de los centros a partir del curso 2017-2018

Actualizado: viernes, 10 mayo 2013 19:55

Los profesores que impartan materias no lingüísticas en inglés tendrán preferencia en las actividades formativas


PALMA DE MALLORCA, 10 May. (EUROPA PRESS) -

El Govern ha indicado que la implantación de proyectos de tratamiento integrado de lenguas (TIL) tendría que lograr realizarse con los recursos humanos propios de los centros educativos a partir del curso 2017-2018 y, por ello, ha asegurado que adoptará las medidas oportunas para atender las necesidades en formación en lenguas extranjeras que tienen los docentes.

Así ha informado la Conselleria de Educación, Cultura y Universidades en un comunicado con motivo de las instrucciones que ha hecho llegar este viernes a los centros docentes no universitarios públicos y concertados para la aplicación del Decreto de Tratamiento Integrado de Lenguas (TIL).

Según ha señalado el Govern, el profesorado que todavía no pueda acreditar el nivel mínimo de conocimientos de lengua extranjera exigido por el Decreto, "tendrá todas las facilidades para adquirir las competencias lingüísticas adecuadas".

Para ello, la Conselleria "pondrá a su alcance los medios necesarios para conseguirlo", de manera que todos los profesores que participen en el proyecto de su centro impartiendo materias no lingüísticas en lengua inglesa tendrán preferencia en las actividades formativas dirigidas al perfeccionamiento del profesorado.

Las instrucciones que han recibido los centros tienen como objetivo facilitar la tarea en la elaboración del proyecto de tratamiento de lenguas, y establecer pautas para su proceso de aprobación.

TAREAS DE LOS CENTROS

Concretamente, para elaborar el proyecto de tratamiento integrado de lenguas, los centros tendrán que exponer los criterios y las actuaciones generales y específicas para las adecuaciones del proceso de enseñanza de lenguas a la realidad socioeconómica y cultural del centro. En este apartado, tendrán que incluir los objetivos a alcanzar y las estrategias a seguir los próximos cuatro años para una correcta implantación del TIL.

Además, deberán concretar las áreas, materias, módulos o ámbitos de conocimiento impartidos en cada una de las lenguas, indicando el número de horas que llevarán a cabo en castellano, catalán e inglés. Para fijar este cómputo de horas quedan excluidas las dedicadas a los tiempos de recreo y las del área de religión o la actividad alternativa.

Los centros educativos tendrán que prever medidas específicas de trabajo en cada una de las lenguas oficiales, destinadas a los alumnos de incorporación tardía y a los alumnos con dificultades lingüísticas.

Asimismo, el proyecto deberá incluir los criterios de coordinación entre las áreas en el proceso de aprendizaje en lengua extranjera; los mecanismos de seguimiento y evaluación del proyecto y de los resultados en competencias lingüísticas de los alumnos; una relación de los profesores con su titulación y competencia en cuanto a lengua extranjera; lista de profesores indicando qué áreas o materias impartirán el curso 2013-2014, y una planificación progresiva del nuevo modelo.

PLAZOS

De esta manera, antes del 25 de mayo los centros tendrán que haber elaborado el primer borrador del proyecto bajo la supervisión del director del centro; antes del 4 de junio haber recogido las aportaciones del claustro y de las asociaciones de padres y madres sobre el borrador; y antes del día 11 haber elaborado un segundo borrador habiendo incorporado las aportaciones oportunas.

A continuación, antes del 20 de junio, se tendrá que aprobar el proyecto por una mayoría de dos terceras partes del Consejo Escolar y ese mismo día o al siguiente se tendrá que entregar el proyecto vía correo electrónico a la Dirección General de Ordenación, Innovación y Formación Profesional, con copia al Departamento de Inspección Educativa.

Para la elaboración de otros proyectos, de acuerdo con el artículo 20 del Decreto 15/2013, los centros tendrán que argumentar y justificar esta elección, asegurar el cumplimiento de los principios establecidos en el artículo 4 del Decreto y la alternancia del tratamiento de las lenguas a lo largo de cada etapa educativa.

Además, los centros públicos tendrán que contar con el voto favorable de dos terceras partes de los miembros del Consejo Escolar. Antes de la aprobación se tiene que llevar a cabo un proceso de información a las familias, seguido de una consulta no vinculante.

En esta consulta podrán votar todos los padres y madres que no se encuentren suspendidos de la patria potestad o los tutores legales de los alumnos matriculados. En los casos de alumnos mayores de edad, serán estos los que ejercerán el derecho de voto.